Horas extraordinarias en los contratos parciales
Enviado por Marta Suso el Mar, 14/02/2012 - 14:23
Las horas complementarias y las horas extraordinarias son lo mismo? Leyendo la reforma laboral me he dado cuenta que ha cambiado este término en los contratos parciales, son creía que eran lo mismo. Alguien me podría explicar un poquito sobre el tema......
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Con la reforma laboral
Con la reforma laboral desaparece la prohibición de realizar horas extraordinarias, antes sólo se podían realizar horas complementarias. Las horas complementarias son unas horas que se pactan con el empresario, teniendo un límite. Antes no computaban para la base reguladora en el cálculo de las prestaciones ni tampoco para la base de cotización, ahora sí. La suma de las horas ordinarias, extraordinarias y complementarias no podrá exceder del límite legal del trabajo a tiempo parcial definido en el apartado uno del artículo 12 del Estatuto (inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable).
contratos a tiempo parcial
efectivamente aqui tienes un link donde te lo explican..
http://www.laboral-social.com/reforma-laboral-2012-contratos-despido-eres-bonificaciones-empleo-formacion-negociacion-colectiva-teletrabajo.html#cap2
horas extras
pues muchas gracias!!!!