periodo de prueba
Enviado por Magerit el Lun, 20/02/2012 - 15:20
ahora que han sacado un nuevo contrato con un periodod e prueba de 1 año, me pueden despedir o no renovarme el contrato temporal y hacerme otro con ese periodo de prueba???
Contrato
Nueva modalidad de Contrato Indefinido de “ Apoyo a los Emprendedores” ( Art 4º Real Decreto Ley 3/2012- Reforma Laboral)
Empresas que podrán concertarlo: Las de menos de 50 trabajadores en el momento de la contratación.
Duración: Tiempo Indefinido y a Jornada Completa
Regulación de derechos y obligaciones: lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en los convenios colectivos para los contratos por tiempo indefinido, excepto el periodo de prueba.
Periodo de prueba: Un año.
Si ya estas en la empresa, y has tenido periodo de prueba no te pueden volver a contratar con periodo de prueba.
periodo de prueba
efectivamente independientemente de la nueva modalidad de contrato, si ya has realizado y superado un periodo de prueba la empresa no te puede realizar otro contrato con otro periodo de prueba aunque te quisieran contratar bajo esta modalidad que no podria ser