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Tiempo que tarda en salir el juicio por via judicial

Hola,

Mi marido ha acudido al SMAC por despido tácito, la empresa ha desaparecido y ha dejado a 100 familias sin derecho a nada.
Al acto de conciliación no se ha presentado la empresa, y ya han presentado la demanda por lo judicial.
¿ Sabéis cuanto tiempo suele tardar en salir el juicio, para poder así por lo menos ir al paro?
El acto de conciliación lo tuvieron el día 20 de Julio y ese mismo dia pusieron la demanda por la via judicial.

Gracias

depende de la comunidad autonoma, entiendo que estas en madrid porque has presentaod la papeleta en el smac, y ahora mismo los juzgados estan colapsados, tengo entendido que 1 año aprox en instancia pero depende mucho de la carga de trabajo del juzgado y de cuando juicios preferentes tengan

Hola
Gracias por tu respuesta.. Si estoy en madrid.
¿1 año? madre mía la que se nos avecina.... Creo que la denuncia se envió de forma preferente.
Tengo otra duda.. Cuando salga el juicio por vía judicial y si el juez dicta que es un despido tácito, ¿desde que fecha se pagaría el paro? ¿desde que sale el juicio?, ¿o es con carácter retroactivo y nos pagaría desde el día que se hizo la denuncia?
Gracias

la tramitación como urgente no depende del demandante sino de la materia,
por otra parte la prestacion por desempleo no se abona con caracter retroactivo, el trabajador tiene 15 dias desde la situacion legal de desempleo para solicitarla y a partir de esa fecha ese tiempo se consume. si habéis interpuesto demanda vuestro abogado os podrá explicar el trámite.

Hola

Pues te cuento,el abogado no dijo que con el acta del SMAC por despido tácito y no habiéndose presentado la empresa al acto de conciliación, podíamos ir a solicitar el paro por despido tácito... Cuando fuimos a la SS a pedir la baja por despedido tácito nos dijeron que eso era imposible porque no teníamos todavía la sentencia por la vía judicial... El abogado nos dijo que todo dependía de con quien dieras en la SS....
Por eso mi pregunta... Entonces todos estos meses que no estamos cobrando..¿Se le reclamaran como nomina a la empresa(que no existe)?

efectivamente para poder solicitar la prestación por desempleo necesitas unos documentos, entre ellos el certificado de empresa que la empresa debe aportar, sin ellos la seguridad social no te reconocerá la prestación, por ello si la empresa no los facilita lo que vais a solicitar via judicial es la declaración de extinción de la relacion laboral , cuando el juicio se celebre y el juez dicte sentencia hasta la fecha que el determine habrá relación laboral y por lo tanto se deberan abonar salarios y a partir de esa fecha se percibirá el desempleo si se tiene derecho a ello reuniendo los requisitos.

Gracias por tu respuesta. ¿el juez puede determinar una fecha anterior a este juicio?
Esperemos que no tarde mucho en salir el juicio.

el caso de tu marido es parecido al mio, mi emprresa cerro en julio del 2011, el auto de extincion laboral lo tuve en mayo del 2012, despues de la sentencia por despido ,luego de la extincion laboral puedes ir a solicitar el paro, el 30 de octubre obtuve la insolvencia de la empresa y hay que presentar los papeles al fogasa para cobrar por lo menos 1 año mas de espera ,suerte