Cómo puedo seguir de excedencia después de haber disfrutado una excedencia por cuidado de hijos
Enviado por nievescg11 el Mar, 06/11/2012 - 18:38
¿Alguien puede ayudarme? Hola soy Laboral Fijo en un Ayuntamiento, en estos momentos me encuentro disfrutando de una excedencia por cuidado de hijos, ésta me cumple el próximo 06 de enero de 2013. Mi duda es la siguiente ¿Puedo solicitar una excedencia voluntaria a partir de esta fecha?Si es así, ¿cuál es el procedimiento?y sino, ¿podría solicitar una excedencia pactada?¿cómo lo hago?Muchísimas gracias por sus aclaraciones. Saludos.
Nota: No entiendo muy bien el requisito de que hayan pasado 4 años entre una excedencia y otra, ¿entre excedencias voluntarias o entre excedencia voluntaria y cualquier tipo de excedencia?
El cómputo de los cuatro años
El cómputo de los cuatro años es para excedencias voluntarias, es decir entre solicitud de una excedencia disfrutada y la próxima debe haber trasncurrido un mínimo de cuatro años.
La empresa no te puede denegar la excedencia voluntaria pero recuerda que tu reincoporación está supeditada a que exista vacante.
Leete lo que disponga tu convenio colectivo sobre las excedencias.
Punto excedencia en el Convenio Colectivo
Hola Rindra, ésto es lo que pone en relación a las excedencias en nuestro Convenio Colectivo:
Los trabajadores laborales de esta Corporación, podrán obtener excedencia con arreglo a las disposiciones legales vigentes, la petición de excedencia deberá ser resuelta por la Corporación en un plazo máximo de treinta días hábiles.
Mi duda sigue siendo: ¿me puedo pedir una excedencia voluntaria inmediatamente después de una excedencia por cuidado de hijos?
Muchas gracias. Un saludo
No encuentro impedimento para
No encuentro impedimento para que lo solicites en el momento que son dos excedencias totalmente distintas.
Cómo defenderlo
Gracias Rindra por tu respuesta. Ya he entregado en el ayuntamiento el escrito solicitando la excedencia voluntaria. Me han contestado que tienen que comprobarlo que no están seguros que pueda acogerme a esta excedencia. ¿Podrías orientarme cómo puedo defender que realmente puedo disfrutar de una excedencia voluntaria seguidamente de una excedencia por cuidado de hijos, perteneciendo ésta si, al grupo de excedencias voluntarias sin serlo?¿Algún documento al que remitirles, algún texto legal? Muchas gracias de nuevo. Saludos