Banner Cursos CEF.

 Este foro está permanentemente cerrado. Nos vemos en Facebook y Linkedin.

Finiquito???

Hola a todos, necesito ayuda en este campo, ya que es la primera vez que me despiden.

Trabajo como monitora en una empresa que se dedica a organizar actividades extra escolares en los colegios de mi comunidad. Mi contrato es fijo-discontinuo, es decir, de septiembre a junio y durante junio julio y agosto estoy en el paro.
Este curso, mi contrato es desde septiembre hasta junio, pero por falta de alumnos en la actividad, se ha cancelado en el mes de febrero. Me han mandado la carta de despido, y me dicen que hasta que no la firme no me pagan.

Mi pregunta es ¿me toca cobrar finiquito por no cumplir el contrato, o solo el sueldo del mes?
¿Pueden no pagarme por no enviar la carta de despido firmada?

Gracias!

Forums: 

El finquito es el documento mediante el cual las partes reconocen voluntariamente la extinción del vínculo laboral. Los efectos de la firma del finiquito, con carácter general, son la extinción de la relación laboral y liquida las deudas pendientes nacidas en el seno de la relación laboral tanto del trabajador como de la empresa.

El finiquito siempre se cobra, si existen deudas pendientes, en este se incluye el suelde de ese mes.

El consejo práctico que te doy es que firmes la carta del despido como no conforme.