Reconocimiento incapacidad absoluta
Enviado por Marta Sánchez blasco el Lun, 27/01/2014 - 22:48
A un trabajador le acaba de reconocer el Inss una incapacidad absoluta. Pone que hay posibilidad de revisión a partir del 31.12.14. El Inss me dice que curse la baja en seg.social ya que no me indican que tiene reserva de puesto de trabajo y q no creen que vaya a existir mejoría. Es así? La doy de baja en seg.social?
A esta trabajadora la esta sustituyendo una persona con un contrato de interinidad. Puedo rescindir su contrato de trabajo al habérsele concedido la invalidez absoluta al titular?
Muchas gracias
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Si existe revisión durante
Si existe revisión durante dos años el trabajador conserva el derecho a la reincorporación, durante este periodo su contrato está suspenso.
Durante este periodo se mantiene en el contrato de interinidad.