TS. Acumulación de demanda por despido y de extinción por incumplimiento del empresario (art. 50 ET). Resolución de ambas en favor del trabajador. Procedencia de salarios de tramitación
Enviado por Editorial el Jue, 19/04/2018 - 14:42Acumulación de procesos relativos a la extinción del contrato de trabajo. Sentencia que acuerda la extinción de la relación laboral ex art. 50 ET y declara la improcedencia del despido. Procedencia de salarios de tramitación.
En casos como el enjuiciado en que el Juzgado de lo Social conoce de la demanda de extinción del contrato del artículo 50 del ET y de la acumulada de despido, y después de estimar la inicial, decretando la extinción de la relación laboral, examina y acoge la ulterior, declarando la improcedencia del cese, la efectividad de ambos pronunciamientos y su adecuada cohonestación comporta una doble exigencia. En primer lugar, la eficacia constitutiva del pronunciamiento judicial de extinción del contrato por los incumplimientos cometidos por el empresario con anterioridad al despido debe determinar la obligación de pago de los salarios dejados de percibir por el trabajador hasta el momento en que el órgano judicial aprecia la existencia y gravedad de los incumplimientos alegados y declara extinguida la relación laboral por esa causa, sin que a ello sea óbice que en dicho periodo no haya existido prestación de servicios por una decisión empresarial calificada como no ajustada a derecho.