1. Bases de cotización por contingencias comunes y profesionales correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre

A) Base de cotización por contingencias comunes (BCC/C).

 

1.ª Retribuciones computables.

 

Salario base
1.700,50 €/mes
Antigüedad
170,00 €/mes
Plus responsabilidad
760,90 €/mes
Plus dedicación
450,80 €/mes
Plus de transporte
13,50 €/mes 1
 
3.095,70 €/mes

 

2.ª Prorrateo pagas extraordinarias.

 

2 × (1.700,50 + 170,00)
= 311,75 €/mes
12

 

A continuación, se suman la 1.ª y la 2.ª norma, y ello nos da la base de cotización inicial, y así:

 

3.095,70 € + 311,75 € = 3.407,45 €/mes

 

3.ª Comparación entre topes. 

Tope máximo: 3.198,00 €/mes.

Tope mínimo: 738,90 €/mes.

Como la base de cotización inicial, es decir, 3.407,45 €/mes, no está comprendida entre el tope máximo y el tope mínimo vigentes en el año 2010, la base de cotización por contingencias profesionales es el tope máximo, es decir, 3.198,00 €/mes.

 

B) Base de cotización por contingencias profesionales (BCC/P).

 

1.ª Retribuciones computables.

 

Salario base
1.700,50 €/mes
Antigüedad
170,00 €/mes
Plus responsabilidad
760,90 €/mes
Plus dedicación
450,80 €/mes
Plus de transporte
13,50 €/mes
 
3.095,70 €/mes

 

 

2.ª Prorrateo pagas extraordinarias.

 

2 × (1.700,50 + 170,00)
= 311,75 €/mes
12

 

A continuación, se suman la 1.ª y la 2.ª norma, y ello nos da la base de cotización inicial, y así:

 

3.095,70 € + 311,75 € = 3.407,45 €/mes

 

3.ª Comparación entre topes. 

Tope máximo: 3.198,00 €/mes.

Tope mínimo: 738,90 €/mes.

Como la base de cotización inicial, es decir, 3.407,45 €/mes, no está comprendida entre el tope máximo y el tope mínimo vigentes en el año 2010, la base de cotización por contingencias profesionales es el tope máximo, es decir, 3.198,00 €/mes.

Autora: I. López López
Profesora del CEF

1 El plus de transporte cotiza en la medida en que su cuantía exceda del 20% del IPREM, es decir, 20% × 532,51 €/mes = = 106,50 €/mes. 120,00 €/mes – 106,50 €/mes = 13,50 €/mes.