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La Seguridad Social recuerda que la Ley de Salud Pública garantiza la asistencia sanitaria a los parados

La Seguridad Social recuerda que la Ley de Salud Pública garantiza la asistencia sanitaria a los parados

La Ley General de Salud Pública extiende la asistencia sanitaria pública a residentes en territorio nacional a los que no se les reconocía este derecho en aplicación de otras normas del ordenamiento jurídico, alrededor de 300.000 personas que, por diferentes motivos, permanecían fuera de la sanidad pública en España. Esta cifra incluye tanto parados que ya han agotado la prestación o el subsidio de desempleo como determinados colectivos, por ejemplo abogados o arquitectos.

La ley establece que la extensión de este derecho para los que han agotado la prestación sea efectiva a partir del 1 de enero de 2012 y, para el resto de colectivos, el Gobierno debe elaborar un reglamento con los términos y condiciones de la extensión del derecho para quienes ejerzan una actividad por cuenta propia en un plazo de seis meses.

Publicada en el BOE la Resolución por la que se aprueba la Estrategia Global para el Empleo de trabajadores de más edad (55 y más)

Publicada en el BOE la Resolución por la que se aprueba la Estrategia Global para el Empleo de trabajadores de más edad (55 y más)

Mediante Resolución de 14 de noviembre de 2011 se aprueba la Estrategia Global para el Empleo de los trabajadores de más edad 2012-2014.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 28 de octubre de 2011, adoptó a propuesta del Ministerio de Trabajo e Inmigración, el Acuerdo por el que se aprueba la Estrategia Global, estando vigente desde el año 2012 hasta el 2014.

Esta Estrategia va a ser la hoja de ruta que oriente la actuación de las Administraciones Públicas respecto a las medidas dirigidas al colectivo de trabajadores de más de 55 años y cumple con el compromiso alcanzado con los agentes sociales en el Acuerdo Social y Económico del pasado mes de febrero. Este compromiso se plasmó en el Real Decreto Ley 1/2011, de 11 de febrero en su Disposición Adicional Segunda.

El número medio de afiliados extranjeros a la Seguridad Social en octubre se situó en 1.785.362

Procedimiento para reducir la edad de jubilación en trabajos penosos, tóxicos o peligrosos

El Ministerio de Trabajo e Inmigración publicó ayer la estadística de afiliados extranjeros a la Seguridad Social del mes de octubre de 2011, por comunidades autónomas, provincias, sectores y países de procedencia. También incluye los afiliados extranjeros autónomos por sectores de actividad.

Los datos de afiliados por comunidades autónomas se distribuyen de la siguiente manera:

Aplicación del baremo de evaluación de la situación de dependencia

Aplicación del baremo de evaluación de la situación de dependencia

El IMSERSO publica las guías metodológicas de aplicación del baremo de evaluación de la situación de dependencia.

En concreto, estas primeras cuatro guías valorarán la situación de dependencia de las personas con sordoceguera, ceguera y déficit visual grave, trastorno mental grave y, Alzheimer y otras demencias.

El objeto de las guías es transmitir conocimiento útiles para la comprensión de dichas condiciones de salud en el proceso de evaluación de la situación de dependencia y desarrollar orientaciones para facilitar la aplicación de dicho baremo de forma homogénea y eficiente en todas las administraciones competentes, así como servir de apoyo a la formación de los profesionales de los órganos de valoración.

Las guías han sido supervisadas por la Comisión Técnica de coordinación y seguimiento de la aplicación del baremo de valoración de la situación de Dependencia (CTVD), órgano técnico colegiado del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Procedimiento para reducir la edad de jubilación en trabajos penosos, tóxicos o peligrosos

Procedimiento para reducir la edad de jubilación en trabajos penosos, tóxicos o peligrosos

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 18 de noviembre,  un Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social, en el caso de trabajos que, por ser excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos, registren índices elevados de morbilidad o mortalidad.

Este desarrollo reglamentario, que parte del acuerdo con los agentes sociales, considera la jubilación anticipada como situación excepcional, siempre que no sea posible cambiar las condiciones de penosidad, toxicidad o peligrosidad, o el propio puesto de trabajo. Los trabajadores autónomos podrán acceder a la jubilación anticipada en los mismos supuestos y colectivos que se fijen para los trabajadores asalariados.

El procedimiento que aprueba este nuevo texto legal exige estudios previos de siniestralidad, penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones del trabajo, de qué forma inciden en las bajas laborales que generan en los trabajadores y los requerimientos físicos exigidos para desarrollar la actividad laboral de que se trate.

Además, la norma recoge incentivos para las empresas que adopten medidas que, sin ser obligatorias, contribuyan a eliminar o a reducir estas características.

Nueva regulación de las condiciones de residencia y trabajo de los ciudadanos de la Unión Europea

Nueva regulación de las condiciones de residencia y trabajo de los ciudadanos de la Unión Europea

El Consejo de Ministros aprobó en su reunión del pasado viernes 18 de noviembre,  la reforma del Real Decreto de ciudadanos de la Unión Europea.

Un Real Decreto de 2007 regulaba las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia y trabajo en España de los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de los países que forman parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como las limitaciones a estos derechos por razones de orden público, seguridad pública o salud pública. El Real Decreto hoy aprobado extiende su ámbito de aplicación a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea con nacionalidad de terceros países.

Creado el foro de cultura inclusiva

Creado el foro de cultura inclusiva

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 18 de noviembre un Real Decreto, a propuesta de los Ministerios de Cultura y de Sanidad, Política Social e Igualdad, por el que se crea y regula el Foro de Cultura Inclusiva.

Este órgano interministerial se encargará de realizar el seguimiento de la aplicación de la Estrategia Integral Española de Cultura para Todos, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado mes de julio. El Foro se encargará de sumar en un único plan nuevas actuaciones y aquellas que ya están en marcha para que las personas con discapacidad puedan disfrutar de la cultura en condiciones plenas de accesibilidad.

Además de este objetivo general, el Foro supervisará y auditará la puesta en marcha de las líneas de actuación previstas en la Estrategia y con criterios de calidad; elaborará un catálogo de indicadores e informará, asesorará y apoyará a los órganos, organismos e instituciones que constituyen el ámbito de aplicación de esta Estrategia, así como a las organizaciones de personas con discapacidad y de sus familias.

Este órgano colegiado y de carácter consultivo queda adscrito al titular del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. Está integrado por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad; el Ministerio de Cultura, el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional; el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad; los centros de referencia públicos y privados, y diversos expertos en el ámbito de aplicación de la Estrategia.

Nueva regulación de las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios

Nueva regulación de las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios

El Consejo de Ministros aprobó en su reunión del pasado viernes 18 de noviembre un Real Decreto por el que se establece la nueva regulación de las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios con el fin de hacerlas más acordes a la realidad actual y al nuevo marco establecido tras la adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior.

De esta manera, el texto desarrolla, precisa y aclara aspectos como los referidos a los objetivos de las prácticas, entidades colaboradoras y destinatarios, requisitos, tutorías y contenidos de los convenios de cooperación educativa.

Fines

En cuanto a los fines que se pretenden alcanzar con la realización de las prácticas, se recoge la importancia de la contribución a la formación integral de los estudiantes, el complemento de su aprendizaje y la adquisición de una experiencia práctica favorecedora, no sólo de su inserción en el mercado de trabajo, sino también de mejora de su empleabilidad futura, así como el fomento de valores como la innovación, la creatividad y el emprendimiento.

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