Preguntas y respuestas sobre la pensión de viudedad
Enviado por Editorial el Vie, 12/02/2016 - 08:33¿Quién tiene derecho a percibir una pensión de viudedad? ¿A cuánto asciende? ¿Se extingue ese derecho? ¿Y si éramos pareja de hecho? ¿Y si estábamos divorciados? Respondemos a las principales preguntas sobre la pensión de viudedad.
En sentido general, podríamos decir que la pensión de viudedad es una prestación contributiva de la Seguridad Social a la que tenemos derecho cuando nuestra pareja ha fallecido. Pero esa definición no es del todo acertada. Precisemos qué requisitos debe cumplir el fallecido y cuál era la situación concreta de la pareja.
1. La persona fallecida causa una pensión de viudedad si:
- Estaba dado de alta en el régimen general o en una situación asimilada, siempre que hubiera cotizado al menos 500 días en los cinco años anteriores. Si ya no estaba de alta, debería tener un período mínimo de cotización de 15 años.
No se exige periodo mínimo de cotización si el fallecimiento ha sido por accidente, de trabajo o no, o por enfermedad profesional.