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Las pensiones se revalorizarán el 0,25 por 100 el 1 de enero de 2014

Las pensiones se revalorizarán el 0,25 por 100 el 1 de enero de 2014
  • Además, con la publicación ayer en el Boletín Oficial del Estado de la Ley del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización de las pensiones se garantiza por ley el incremento anual de las pensiones sea cual sea la situación económica.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que fija la revalorización de las pensiones públicas del sistema de Seguridad Social para 2014 y que desarrolla las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado. Desde el 1 de enero, el conjunto de las pensiones y prestaciones económicas de la Seguridad Social subirá el 0,25 por 100.

La subida beneficia a 9,15 millones de pensiones contributivas, 432.757 pensiones no contributivas, y también 166.631 prestaciones por hijo a cargo con discapacidad. El coste total de esta revalorización asciende a 263,9 millones de euros. El límite máximo de una pensión pública se fija, a partir del 1 de enero de 2014, en 2.554,49 euros/mes.

Actualización de pensiones de clases pasivas para 2014

Actualización de pensiones de clases pasivas para 2014

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrolla la revalorización de las pensiones de Clases Pasivas en un 0,25 por 100 para el año 2014, según lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Asimismo, se fijan las reglas y el procedimiento para efectuar la revalorización y el sistema de concesión de complementos económicos para las pensiones mínimas.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 contiene los criterios básicos para determinar el importe de las pensiones públicas.

Fijado el salario mínimo interprofesional en 645,30 euros mensuales para 2014

Fijado el salario mínimo interprofesional en 645,30 euros mensuales para 2014

El Consejo de Ministros ha aprobado la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2014, que se ha fijado en 21,51 euros diarios o 645,30 euros mensuales.

La decisión ha sido consultada con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, y supone mantener el salario mínimo en la misma cuantía establecida para 2013.

Responde de esta forma al contexto económico actual de contención de precios que aconseja la adopción de políticas salariales durante el año 2014 que puedan contribuir, al mismo tiempo, a la recuperación económica, la mejora de la competitividad y la creación de empleo.

Regulados el nivel mínimo de protección y las prestaciones del sistema para atención a la dependencia

FRegulados el nivel mínimo de protección y las prestaciones del sistema para atención a la dependencia

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos al amparo de las previsiones contenidas en la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia, del 14 de diciembre de 2006.

El primero de ellos es el Real Decreto por el que se regula el nivel mínimo de protección. Regula el nivel mínimo de protección garantizado recogido en la Ley de Dependencia, cuya financiación corresponde a la Administración General del Estado, y los criterios de su asignación a las Comunidades Autónomas. Los créditos de nivel mínimo se transferirán mensualmente en base a tres variables:

  • El número de beneficiarios con derecho a prestación.
  • El grado de dependencia.
  • El tipo de prestación que recibe: servicios del catálogo (ayuda a domicilio, centro de día, centro de noche, atención residencial…) o bien prestación económica (vinculadas al servicio, de asistente personal o para cuidados en el entorno familiar).

Trabajadores por cuenta ajena nacionales de Rumanía. Régimen jurídico a partir del 1-1-2014

Trabajadores por cuenta ajena nacionales de Rumanía. Régimen jurídico partir del 1-1-2014

El Tratado de Adhesión de Rumanía a la Unión Europea, (DOUE  L 157 de 21 de junio de 2011) se materializó el 1 de enero de 2011 y prevé la existencia de un periodo transitorio de hasta 7 años, durante el cual los Estados miembros podrán establecer medidas para regular el acceso de los nacionales rumanos al mercado de trabajo.

El Anexo VII del Acta relativa a las condiciones de adhesión incluida en el Tratado de Adhesión, prevé la posibilidad de que los Estados Miembros reactiven el periodo transitorio cuando sufran perturbaciones en su mercado de trabajo que puedan poner en grave peligro el índice de empleo y suspendan por tanto la aplicación de los artículos 1 a 6 del Reglamento (UE) n.º 492/2011, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión (corrección de errores BOE de 28 de julio de 2011).

El crecimiento de empleo en los nuevos "yacimientos" no disminuye la actual segregación por sexos del mercado laboral

El crecimiento de empleo en los nuevos "yacimientos" no disminuye la actual segregación por sexos del mercado laboral

El Instituto de la Mujer ha realizado el estudio "Formación profesional de las mujeres y nuevos yacimientos de empleo" con el fin de analizar la ocupación de mujeres y hombres en seis sectores económicos con potencial de crecimiento. Esta investigación se ha llevado a cabo durante los años 2011 y 2012, y se ha analizado el periodo 2008-2011, valorando cómo ha incidido la crisis económica en cada uno de ellos.

Los sectores seleccionados para el estudio han sido: servicios TIC y economía verde, claramente masculinizados; audiovisual e Investigación, con una presencia equivalente de mujeres y hombres, y turismo y servicios a personas mayores, fuertemente feminizados.

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