Legislación

Disposiciones mínimas para la protección de los trabajadores contra los riesgos derivados de la exposición a campos electromagnéticos: El Real Decreto 299/2016

El Real Decreto 299/2016, de 22 de julio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos, publicado en el BOE de 29 de julio y en vigor el día siguiente (30-07-2016), traspone al derecho español el contenido de la Directiva 2013/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre las disposiciones mínimas de salud y seguridad relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de agentes físicos (campos electromagnéticos) (vigésima Directiva específica con arreglo al artículo 16, apartado 1, de la Directiva 89/391/CEE), y por la que se deroga la Directiva 2004/40/CE.

Aprobadas las bases reguladoras de las ayudas previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil

Ha sido publicada en el BOE la Orden HAP/1337/2016, de 27 de julio,  por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas del Fondo Social Europeo previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil, destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto de la garantía juvenil.

Las bases tienen por objeto articular la gestión de las ayudas del Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ), del Fondo Social Europeo, conforme a lo previsto en el eje prioritario 5, para la integración sostenible en el mercado de trabajo de las personas jóvenes que no se encuentran empleadas, ni participan en los sistemas de educación ni formación, en el contexto de la Garantía Juvenil.

Publicada en el BOE una modificación del Real Decreto sobre jornadas especiales de trabajo.

Se añade en el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, un nuevo artículo 33 con la siguiente redacción:

«Artículo 33. Jornada máxima de los trabajadores nocturnos en trabajos con riesgos especiales o tensiones importantes.

1. La jornada de trabajo máxima de los trabajadores nocturnos cuyo trabajo implique riesgos especiales o tensiones físicas o mentales importantes será de ocho horas en el curso de un periodo de veinticuatro horas durante el cual realicen un trabajo nocturno, salvo que deba ser inferior, según lo previsto en el capítulo III.

A efectos de lo dispuesto en este artículo los trabajos que impliquen riesgos especiales o tensiones físicas o mentales importantes serán los definidos como tales en convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, tomando en consideración los efectos y los riesgos inherentes al trabajo nocturno.

2. La jornada de trabajo máxima de los trabajadores nocturnos establecida en el apartado 1 sólo podrá superarse en los supuestos previstos en el artículo 32.1.b) y c).»

Financiación de las mutuas: Coeficientes especiales para las que acrediten «insuficiencia financiera por circunstancias estructurales»

La Resolución de 29 de junio de 2016, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (BOE de 19 de julio), establece los términos y condiciones para la aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes especiales del 0,055 y del 0,033 cuando concurra «la situación de insuficiencia financiera por circunstancias estructurales» a los que se refiere el artículo 24 de la Orden ESS/70/2016, de 29 de enero, para la gestión de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas.

Las mutuas interesadas deberán presentar sus solicitudes antes del día 16 de septiembre de 2016.

Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para el tercer trimestre de 2016

Publicada en el Boletín Oficial del Estado del 15 de julio, la Resolución de 24 de junio de 2016, del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), donde se contiene el Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para el tercer trimestre de 2016.

En el catálogo de ocupaciones  de difícil cobertura, que es elaborado por el SPEE con una periodicidad trimestral de acuerdo con la información suministrada por los Servicios Públicos de Empleo Autonómicos y previa consulta de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, se han tenido en cuenta criterios técnicos acerca del impacto sobre el empleo de la inclusión de las ocupaciones relacionadas con el sector de Marina Mercante, así como de los entrenadores y deportistas profesionales.

La calificación de una ocupación como de difícil cobertura implica la posibilidad de tramitar la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena dirigida al extranjero.

Modificación de la adaptación del PGCP a las entidades que integran la Seguridad Social

La Resolución de 5 de julio de 2016, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifican las Resoluciones de 1 de julio de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social; y la de 25 de julio de 2012, por la que se determina la estructura y composición de la Cuenta General de la Seguridad Social y de las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social tiene por objeto modificar la Resolución de 1 de julio de 2011 para incorporar en ella las novedades introducidas por la citada Ley 35/2014 que tienen repercusión contable, dar un adecuado y diferenciado registro contable a las nuevas operaciones de materialización del Fondo de Reserva o a aquellas otras que, previas las modificaciones normativas a que hubiera lugar, pudieran producirse en un futuro y, por último, mejorar algunos aspectos de la mencionada Resolución en relación fundamentalmente con la información aportada por las cuentas anuales de las entidades que integran el Sistema de la Seguridad Social.

Abierta la posibilidad de subvencionar la contratación de desempleados en obras de reforma y rehabilitación de las casas-cuartel de la Guardia Civil

Con entrada en vigor el día 3 de julio de 2016, el Real Decreto 287/2016, de 1 de julio, incluye una disposición adicional (la sexta) en el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, regulador del programa de fomento de empleo agrario, para incluir la posibilidad de reforma y/o rehabilitación de casas-cuartel de la Guardia Civil a través de las obras de interés general y social realizadas por las Corporaciones locales en el marco del referido programa y de los convenios de los Servicios Públicos de Empleo con las entidades locales.

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