Trabajadoras y maternidad: la evaluación de riesgos debe incluir un examen específico que valore su situación individual en caso de trabajo nocturno, aún parcial
Enviado por Editorial el Mié, 19/09/2018 - 14:24Debe considerarse que las trabajadoras embarazadas, que han dado a luz o en período de lactancia con trabajo a turnos desempeñado parcialmente en horario de noche realizan un trabajo nocturno y tienen derecho a la protección específica contra los riesgos que este trabajo puede presentar
La Sra. González Castro trabaja como vigilante de seguridad para Prosegur España, S.L. En noviembre de 2014 dio a luz a un hijo, que recibió lactancia materna. Desde marzo de 2015 la Sra. González Castro desempeña sus funciones en un centro comercial en turnos rotatorios y variables de 8 horas, de las que parte se realizan en horario nocturno. Intentó obtener la suspensión de su contrato de trabajo y la concesión de la prestación económica por riesgo durante la lactancia natural prevista por la normativa española1. A tal fin, solicitó a Mutua Umivale –una mutua privada sin ánimo de lucro que gestiona las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional– que le expidiera un certificado médico que acreditara que su puesto de trabajo presentaba un riesgo para la lactancia natural. Su solicitud fue denegada, por lo que la Sra. González Castro presentó una reclamación, que también fue desestimada. A raíz de ello interpuso recurso contra esta desestimación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.