En el sector de los transportes por carretera, los conductores no pueden tomar en su vehículo el período de descanso semanal normal al que tienen derecho
Enviado por Editorial el Mié, 20/12/2017 - 12:29En cambio, el período de descanso semanal reducido puede efectuarse en el vehículo en determinadas condiciones
En agosto de 2014, Vaditrans, empresa de transporte establecida en Bélgica, interpuso ante el Raad van State (Consejo de Estado, actuando como Tribunal de lo Contencioso-Administrativo, Bélgica) un recurso de anulación de un real decreto belga en virtud del cual puede imponerse una multa de 1 800 euros al conductor de un camión que efectúe su período de descanso semanal normal en el vehículo. Según Vaditrans, el referido real decreto es incompatible con el principio de legalidad penal, puesto que prohíbe y castiga que se efectúe el período de descanso semanal normal en el vehículo, mientras que un reglamento de la Unión en la materia1, no contempla tal prohibición. En cambio, el Estado belga considera que de este Reglamento se desprende claramente que un conductor no puede tomar su período de descanso semanal normal en el vehículo, y que la multa establecida a tal efecto por la legislación belga no hace sino aplicar la prohibición contenida en dicho Reglamento.