Encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social de los agentes de seguros: STS del 14 de julio de 2016
Enviado por Editorial el Mié, 14/09/2016 - 11:50La unanimidad en el criterio que ha venido estableciendo la jurisprudencia en el sentido de que la relación que une a un mediador de seguros (agente) con la entidad aseguradora para la que presta sus servicios tiene la naturaleza de relación mercantil, por lo que, a efectos de la Seguridad Social, los agentes de seguros quedan incluidos en el RETA, ha desaparecido con la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, de 14 de julio de 2016, que se comenta a continuación por don José Antonio Panizo Robles.