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Propuestas de los presidentes de las Cortes sobre incompatibilidades, transparencia y pensiones parlamentarias

Aplicación e-fácil, para la constitución telemática de empresas así como la recepción de facturas electrónicas

Estudiados los escritos de todos los Portavoces de los Grupos Parlamentarios y hechas las consultas precisas a los Servicios Jurídicos de las Cortes Generales, los presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado formulan las siguientes propuestas sobre los asuntos que se indican:

Incompatibilidades de Diputados y Senadores

El actual artículo 157.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que "el mandato de los Diputados y Senadores se ejercerá en régimen de dedicación absoluta en los términos previstos en la Constitución y en la presente Ley (art. 157.1 LOREG) ... (y que) el mandato de los Diputados y Senadores será incompatible con el desempeño, por sí o mediante sustitución, de cualquier otro puesto, profesión o actividad, públicos o privados, por cuenta propia o ajena, retribuidos mediante sueldo, salario, arancel, honorarios o cualquier otra forma ... " (art. 157.2 LOREG).

Aplicación e-fácil, para la constitución telemática de empresas así como la recepción de facturas electrónicas

Aplicación e-fácil, para la constitución telemática de empresas así como la recepción de facturas electrónicas

La aplicación e-fácil permitirá exportar al resto de administraciones públicas dos recursos desarrollados y utilizados en el ámbito de la Administración General del Estado:

  • el formato facturae, un estándar de factura electrónica ampliamente utilizado.
  • el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), que permite constituir una empresa de forma telemática.

E-fácil posibilita a las entidades locales la recepción y seguimiento de las facturas electrónicas. Además, desde el portal web de su ayuntamiento, empresas y emprendedores podrán enviar y consultar facturas en formato facturae e iniciar y consultar los tramites de constitución de una nueva empresa.

La aplicación e-fácil puede descargarse gratuitamente desde la zona de descargas de la Plataforma Avanza Local Soluciones (PALS) así como el resto de aplicaciones que conforman la Plataforma.

El Supremo ratifica la competencia de la Seguridad Social para regular la colaboración de las mutuas

El Supremo ratifica la competencia de la Seguridad Social para regular la colaboración de las mutuas

El Tribunal Supremo ha ratificado la competencia del Gobierno para la dirección y tutela de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social "así como de las Entidades que colaboren en la gestión de la misma". En este sentido, confirma la capacidad legal de la Seguridad Social para regular la colaboración de las mutuas, del régimen del convenio de asociación y considera que la Disposición impugnada que modificó el Reglamento es una ampliación de esa potestad.

La variación de la norma sobre la participación de las mutuas separaba la función de estas entidades como colaboradoras de la gestión de la Seguridad Social de su actividad privada como empresas de prevención de riesgos laborales.

Convocatoria para la concesión de subvenciones a los programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios y de Talleres de Empleo

España, Bolivia y Brasil ya pueden aplicar el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social

Resolución de 8 de abril de 2011 (BOE Núm. 141 de Martes 14 de junio de 2011), del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a los programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios y de Talleres de Empleo, en el ámbito exclusivo de gestión del citado Servicio, de proyectos en colaboración con órganos de la Administración General del Estado.

Esta Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo, en el ámbito exclusivo de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal de proyectos en colaboración con órganos de la Administración General del Estado con cargo a la reserva de crédito establecida en su presupuesto de gastos a los que se refiere el artículo 13.h).2 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.

España, Bolivia y Brasil ya pueden aplicar el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social

España, Bolivia y Brasil ya pueden aplicar el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social

España, Bolivia y Brasil son los primeros países en los que ya se puede aplicar el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social que entró en vigor el pasado1 de mayo. El texto ha sido ratificado por Brasil, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Portugal, Bolivia y Paraguay, y se unirán el resto de los países iberoamericanos firmantes. Este Acuerdo abre un espacio de protección para más de 600 millones de personas.

Enrique Iglesias, Secretario General Iberoamericano, ha afirmado que la entrada en vigor del Convenio "posibilitará que puedan beneficiarse 4 millones de migrantes, aproximadamente". El viceministro de previvencia social de Brasil, Carlos Eduardo Gabas se ha referido al texto presentado como la forma de globalizar la protección social.

Acuerdo para igualar los derechos del personal laboral en el exterior en las elecciones sindicales y el régimen disciplinario

Acuerdo para igualar los derechos del personal laboral en el exterior en las elecciones sindicales y el régimen disciplinario

El pacto, que desarrolla el firmado entre Gobierno y sindicatos en 2007, permitirá por primera vez a estos empleados públicos participar en los comicios internos

La Secretaría de Estado para la Función Pública y los sindicatos representados en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado (AGE) alcanzaron ayer dos acuerdos que afectan al personal laboral en el exterior y que establecen los procedimientos de régimen disciplinario y de participación en las elecciones a los órganos de representación del personal laboral.

Este es un paso más en el desarrollo del acuerdo Administración-Sindicatos de 2008 sobre condiciones de trabajo para el personal laboral en el exterior.

El nuevo Reglamento de los Expedientes de Regulación de Empleo da más garantías a trabajadores y empresarios

El nuevo Reglamento de los Expedientes de Regulación de Empleo da más garantías a trabajadores y empresarios

El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto que lo regula

Ofrece más seguridad a los trabajadores porque precisa la documentación a aportar por la empresa para acreditar las causas del ERE, y refuerza la exigencia del plan de acompañamiento social

Por otra parte, las empresas mantienen la flexibilidad para poder extinguir contratos de trabajo en una situación económica negativa, pudiendo utilizar también otras alternativas al despido

El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta del ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, el Real Decreto que regula el Reglamento de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), con el que se da cumplimiento a la Reforma Laboral.

La reforma de la negociación colectiva aporta más flexibilidad a las empresas sin que los trabajadores pierdan seguridad

La reforma de la negociación colectiva aporta más flexibilidad a las empresas sin que los trabajadores pierdan seguridad

Aprobado por el Consejo de Ministros el Decreto Ley

Prioriza los convenios de empresa y agiliza la negociación de los convenios, evitando su bloqueo, marcándose un plazo máximo de entre 8 y 14 meses para negociar un nuevo convenio

El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta del ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, el Decreto Ley para la reforma de la negociación colectiva.

Esta decisión se enmarca dentro del proceso de reformas estructurales que está abordando el Gobierno de España y pretende dar respuesta a la necesidad de mejorar y modernizar el sistema de negociación colectiva.

El Gobierno elabora este Decreto Ley tras ampliar el tiempo de negociación entre las organizaciones sindicales y empresariales que marcaba la Reforma Laboral, con el convencimiento expresado de que lo deseable hubiese sido una reforma pactada por los protagonistas de la negociación colectiva.

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