Legislación

La ineludible tarea de garantizar la suficiencia de las pensiones

La ineludible tarea de garantizar la suficiencia de las pensiones

En la próxima legislatura «la cuestión de las pensiones» será uno de los asuntos más importantes a tratar. Las reformas normativas llevadas a cabo al respecto y el persistente desequilibrio en las cuentas de la Seguridad Social ponen en serio riesgo el derecho, protegido constitucionalmente, a unas pensiones suficientes que deberán ser actualizadas periódicamente.

Examinar el grado de suficiencia de las rentas que proporciona la Seguridad Social a los pensionistas, de manera que les faciliten un nivel de vida acorde al que poseían cuando se encontraban en activo, y analizar los indicadores más relevantes del sistema sobre recaudación, pagos y afiliación correspondientes a los últimos años, nos permitirá conocer la evolución y la realidad actual de la Seguridad Social, y poder reflexionar sobre soluciones adoptadas y las que van a tener que proponerse y adoptarse en un futuro no lejano para proteger adecuadamente a los pensionistas. Este es el propósito perseguido por don JAVIER BERNAD AIBAR en el estudio que con el título que preside esta entrada se ofrece «en abierto».

Reguladas las particularidades en incapacidad permanente y muerte y supervivencia del personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado integrado en el Régimen General de la Seguridad Social

El Real Decreto 1087/2015, de 4 de diciembre, publicado en el BOE del 11 de diciembre, procede al desarrollo reglamentario de lo dispuesto en el artículo 20 del Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre (disp. adic. tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, el 2 de enero de 2016), regulando en materia de incapacidad permanente y muerte y supervivencia, las condiciones y el alcance de la integración en el Régimen General de la Seguridad Social del personal al servicio de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, siempre que el acceso a la condición de que se trate se haya producido a partir del 1 de enero de 2011, así como el procedimiento para el reconocimiento de dichas prestaciones. Don José Antonio PANIZO ROBLES nos ofrece un análisis de las especialidades concurrentes en el estudio titulado «Completado el proceso de integración de los funcionarios públicos en el Régimen General de la Seguridad Social», que puede consultarse pulsando el enlace al título.

Convocadas las plazas del Programa de Termalismo

La Resolución de 2 de diciembre de 2015, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (BOE de 10 de diciembre), a cuya lectura emplazamos, convoca el número de plazas del Programa de Termalismo, la duración de los turnos, el precio a pagar por los usuarios, la financiación del Imserso y el lugar, plazo y forma de presentación de las solicitudes, además del baremo aplicable para la selección de los usuarios.

Regulado el procedimiento de movilidad por razón de violencia de género de las empleadas públicas

Con entrada en vigor el 11 de diciembre y siendo de aplicación, cuando sea posible, en los procedimientos iniciados antes de su aprobación y en los que aún no haya recaído resolución, la Resolución de 25 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (BOE de 10 de diciembre), establece el procedimiento de movilidad de las empleadas públicas víctimas de violencia de género.

Publicado el Protocolo de actuación frente a la violencia en el trabajo en la Administración General del Estado

El Protocolo de actuación frente a la violencia en el trabajo en la Administración General del Estado y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella, acordado por el Consejo de Ministros en su reunión del 20 de noviembre de 2015, se recoge en la Resolución de 26 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, publicada en el BOE del 10 de diciembre.

Publicado el Acuerdo por el que se aprueba el II Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado

La Resolución de 26 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (BOE de 10 de diciembre), hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 20 de noviembre –del que se informó en esta página–, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres que se aplicará a la Administración General del Estado y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella que tengan personal funcionario, estatutario o laboral a su servicio, abarcando el periodo comprendido entre 2015 y 2016, sin perjuicio de que permanezca vigente hasta la aprobación del nuevo durante la próxima legislatura.

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