El Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, en la Sección 3ª de su Capítulo I (arts. 107 a 110), contiene medidas de apoyo a la contratación de las que se dio cuenta en su momento en esta página, y donde se encuentra el origen de la Orden ESS/41/2015, de 12 de enero, publicada en el BOE de hoy (24 de enero de 2015).
Esta Orden viene a dar cumplimiento al mandato, dirigido al Ministerio de Empleo y Seguridad Social y recogido en el artículo 109 del RDL, de modificar, en un plazo que expiró el 5 de agosto de 2014, la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, por la que se regulan los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje en desarrollo del Real Decreto 1529/2012, con un doble propósito: (1) aumentar las cuantías máximas de las bonificaciones empresariales a la Seguridad Social dirigidas a financiar los costes de la formación inherente al contrato para la formación y el aprendizaje cuando se contrate a un beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil –SNGJ- y, (2) introducir una bonificación adicional para financiar los costes derivados de la obligada tutorización de cada trabajador a través del contrato de formación y aprendizaje.