Con entrada en vigor el próximo 14 de septiembre, el Real Decreto 475/2014, de 13 de junio (BOE de 14 de junio), restaura la bonificación del 40 % en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes respecto del personal investigador. En defensa de su «recuperación», en un contexto de serísimas reducciones presupuestarias en materia de I+D+i y tras su desaparición –con el RDL 20/2012- durante casi dos años, se argumenta en el Preámbulo que este instrumento presenta «ventajas» respecto a los incentivos de naturaleza tributaria al constituir una reducción inmediata en los gastos empresariales, favorecer la contratación de personal investigador y ser, además, «en ocasiones (…) el único incentivo con el que cuentan las empresas que no tienen suficientes beneficios y cuota tributaria como para que las deducciones en el pago de sus impuestos sea relevante».
Esta opción por una vuelta al sistema de bonificaciones –como se sabe, no exenta de críticas–, tiene su fundamento legal en la LPGE para 2013 (dis. adic. 79ª, modificada por la LPGE 2014 que establece la financiación a cargo del SPEE) donde, con efectos desde 1 de enero de 2013 y vigencia indefinida, se autoriza al Gobierno a su establecimiento y se emplaza a un desarrollo reglamentario que es el efectuado por el Real Decreto que se presenta. Ésta es la circunstancia que determina, por otra parte, la aplicación retroactiva de la regulación que se resumirá a continuación, al personal investigador a tiempo completo en situación de alta a partir del 1 de enero de 2013.