Legislación

COVID-19. Nuevas medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias

Se consolida el empleo de jóvenes extranjeros en el sector agrario. Imagen de jóven asiático en una granja

En el BOE de 27 de mayo, y con efectos desde el 28, se ha publicado el Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo (en adelante RDL), por el que se adoptan medidas complementarias en el ámbito agrario, científico, económico, de empleo y Seguridad Social y tributario para paliar los efectos del COVID-19. Entre las novedades que introduce destacamos las siguientes:

 

COVID-19. Sefardíes: se prorroga hasta el 1 de septiembre de 2021 el plazo para subsanar las solicitudes para la concesión de la nacionalidad española

Teniendo en cuenta que el plazo para subsanar las solicitudes presentadas en virtud de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España (Circular de 9 de septiembre de 2019 de la Dirección General de los Registros y del Notariado), finaliza para los últimos expedientes presentados el próximo 1 de septiembre de 2020, y que debido a situación creada por la pandemia de COVID-19 no se han podido cumplir los trámites exigidos a los solicitantes, la Resolución de 13 de mayo de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, publicada en el BOE del 26 de mayo, prorroga ese plazo de subsanación hasta el 1 de septiembre de 2021, pudiéndose revisar de nuevo si persisten las circunstancias causadas por la COVID-19.

COVID-19. Ampliada la lista de puertos para la entrada de buques de pasaje provenientes del extranjero

Conforme a la Orden TMA/444/2020, de 25 de mayo (BOE de 26 de mayo), los puertos de Santander y Alicante se añaden a la lista de puertos designados como puntos de entrada con capacidad de atención a la emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19.

COVID-19. Totana, en la Región de Murcia, se mantiene en la fase 1

La Orden SND/442/2020, de 23 de mayo (BOE de 24 de mayo y con efectos el 25 de mayo), modifica las Órdenes SND/414/2020 y SND/399/2020, para excluir el municipio de Totana de la Región de Murcia de la fase 2 de desescalada y mantenerlo en la fase 1 hasta comprobar cómo evoluciona la situación epidemiológica.

COVID-19. Nuevas unidades territoriales y nuevas condiciones para la fase 2 de desescalada que comienza el 25 de mayo

La Orden SND/440/2020, de 23 de mayo (BOE de 23 de mayo),  modifica diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una «nueva normalidad».  

La Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, que entró en vigor el pasado 18 de mayo fijando las condiciones para la fase 2 para las islas de La Gomera, El Hierro, La Graciosa y Formentera, es una de las que se modifican, en este caso para flexibilizar algunas restricciones de cara a un nuevo período que comienza el 25 de junio y donde un buen número de ámbitos territoriales acompañarán a las islas citadas en la transición por la fase 2.

COVID-19. Autorizados los vuelos locales de aviación privada en la Comunidad Autónoma de Illes Balears

La Orden SND/440/2020, de 23 de mayo (publicada en el BOE de la misma fecha y con efectos desde el 25 de mayo de 2020), modifica diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una «nueva normalidad».

De entre las afectadas, se refiere en esta entrada el cambio introducido en la Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la fase 1 de la desescalada en materia de movilidad y se fijan otros requisitos para garantizar una movilidad segura, respecto a las medidas a aplicar a las conexiones aéreas en la Comunidad Autónoma de Illes Balears  y que supone la autorización de los vuelos locales de aviación privada realizados en el ámbito de la misma isla.

COVID-19. Nuevas unidades territoriales y nuevas condiciones para la fase 1 de desescalada que comienza el 25 de mayo

La Orden SND/440/2020, de 23 de mayo (publicada en el BOE de la misma fecha y con efectos desde el 25 de mayo de 2020), modifica diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

De entre las afectadas, nos ocupamos en esta entrada de los cambios introducidos en la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo.

COVID-19. Permitida la formación presencial para el personal de refuerzo de sistemas ferroviarios de competencia no estatal

Con el fin de recuperar paulatinamente las actividades complementarias en el sector del transporte ferroviario, considerado esencial desde el inicio de la pandemia, la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo (publicada en el BOE de la misma fecha), modifica, con efectos desde el 25 de mayo, la Orden TMA/379/2020, de 30 de abril, disposición que permite la formación presencial teórica y práctica contemplada en la Orden FOM/2872/2010, indispensable para el desempeño de las profesiones ligadas a todos los tipos de explotaciones ferroviarias, ya que es el modo en el que el personal consolida las habilidades y conocimientos necesarios por medio de la ejecución in situ de las tareas propias de su profesión.

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