Jurisprudencia junio 2010
Enviado por Editorial el Mié, 09/06/2010 - 12:02Las empresas están obligadas a promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y a arbitrar procedimientos específicos para su prevención
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha establecido, en Sentencia de 22 de enero de 2010, a propósito del despido de una trabajadora que está siendo sometida a acoso sexual, la obligación de la empresa de pagar de forma solidaria la indemnización de daños y perjuicios reclamada, al existir el deber en las organizaciones, desde la publicación de la Ley de Igualdad, de promover condiciones de trabajo que eviten el acoso y de arbitrar procedimientos específicos para su prevención (sentencia publicada en Normacef Socio-Laboral, NSJ033556, y en RTSS. CEF, núm. 327, junio 2010).