Extinción del contrato por voluntad del trabajador: cambio de criterio en el artículo 50 ET
Enviado por Editorial el Vie, 19/10/2012 - 11:53La STS de 20 de julio de 2012 (rec. núm. 1601/2011), dictada en Sala General y con un voto particular –firmado por seis magistrados- procede a dar un giro rotundo a la concepción que hasta ahora se tenía de los poderes y facultades que la ley otorgaba al trabajador en caso de incumplimiento grave por el empresario de sus obligaciones, al no exigir la necesidad de la vigencia del vínculo en el momento de dictar sentencia.
Si en algo están de acuerdo todos los magistrados es en la necesidad de dotar de mayor flexibilidad al campo de acción de los trabajadores en estos casos. Todos comparten la idea de que el trabajador que sufre un incumplimiento de su contrato, o de las obligaciones dimanantes de aquel, precisa de una herramienta que sea capaz de cohonestar la defensa de sus intereses legítimos mediante la resolución de su relación laboral, con la protección de sus expectativas indemnizatorias (aunque, como veremos, las prestacionales –desempleo- queden en entredicho).
Se parte del supuesto en que un trabajador viene de forma reiterada sufriendo retraso en la percepción de sus haberes salariales, procediendo, ante la reiteración de la actitud empresarial, a presentar papeleta de conciliación ante el servicio administrativo correspondiente en el que se le insta al pago de lo adeudado. En el propio acto de conciliación el trabajador le concede a la empresa un preaviso, señalando que si en el plazo de ocho días no procede a ponerse al corriente de sus deudas, dejará de “asistir a su puesto de trabajo”, aceptando cualquier oferta de trabajo para su subsistencia económica y familiar; asimismo, declarando su intención de mantener la demanda y el derecho a la rescisión indemnizada.