Jurisprudencia

TS. Desempleo. Impugnación de sanción que extingue la prestación. Puede accederse al recurso de suplicación si el gravamen supera los 3.000 euros

TS. Desempleo. Impugnación de sanción que extingue la prestación. Imagen de una pista de atletismo

Desempleo. Acceso al recurso de suplicación cuando el objeto del litigio es la impugnación de una sanción administrativa consistente en la pérdida de la prestación y devolución de cantidades indebidamente percibidas.

Si lo que se impugna son actos administrativos en materia laboral o de Seguridad Social se atiende, a los efectos del recurso, al contenido económico de la prestación o del acto objeto del proceso, en su caso, en cómputo anual; al valor económico de lo reclamado o a la diferencia con lo reconocido en vía administrativa, cuando lo que se pretende es el reconocimiento de un derecho o de una situación jurídica individualizada; y al contenido económico del acto cuya anulación se pretende, incluidos los actos de carácter sancionador, como el que nos ocupa.

TSJ de la Comunidad Valenciana revoca la sentencia que declaraba fija a una trabajadora interina del Ayuntamiento de Alicante

TSJ de Valencia revoca sentencia que declara fijeza a trabajadora interina del Ayuntamiento. Imagen de trabajadora interina sentada en su puesto de trabajo

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha estimado el recurso del Ayuntamiento de Alicante y ha revocado la sentencia que reconocía a una conserje interina la condición de empleada pública fija con similares derechos a los funcionarios de carrera.

La Sala considera que no puede aplicarse a este caso, como hizo un juzgado en primera instancia, la sentencia dictada el 19 marzo de 2020 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), pues no concurre una sucesión de contrataciones temporales sino una única relación laboral prolongada en el tiempo.

El Pleno del TC estima el recurso del PP y declara inconstitucional parte del Real Decreto-Ley 15/2020, que modifica la regulación del Régimen de Clases Pasivas

Clases pasivas; gestión; INSS; Ministerio de Economía y Hacienda. Calendario sobremesa del año 2022 y un café al lado

El Pleno del Tribunal Constitucional por mayoría ha estimado el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Parlamentario Popular en el Senado y, en consecuencia, ha declarado inconstitucionales y nulas las disposiciones adicionales sexta y séptima, la disposición transitoria segunda y la disposición final primera del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes para apoyar la economía y el empleo. Estas disposiciones modificaban la regulación legal del régimen de Clases Pasivas del Estado en lo que atañe a su gestión, ya que pasaba del Ministerio de Economía y Hacienda al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

TSJ. Despido por ser padre: el TSJ de Galicia declara su nulidad y se afianza en la discriminación refleja

Se trata de una discriminación directa cualificada. Padre tratando de conciliar trabajo y cuidados a su hijo

Despido disciplinario. Discriminación refleja. Condición de padre. Garantía de indemnidad. Nulidad. Alegación de que ha sido la reciente paternidad la que ha motivado el despido. Trabajador que comunica el estado de gestación de su mujer, y posteriormente el parto, siendo despedido con fecha de efectos de este mismo día mediante burofax.

Esto es un indicio, o una fuerte sospecha, de que pudiera existir una conexión entre el parto (y su condición de padre) y la decisión empresarial, al concurrir una inmediatez temporal entre uno y otra; sin que tenga nada que ver con el ejercicio de un permiso de paternidad, sino -más correctamente- con la condición de progenitor y todas sus consecuencias legales, que, de ello, pudiese deducir la empleadora iban a ocurrir.

TS. Sentencia firme que reconoce el derecho, en relación con un determinado periodo, a una gratificación por funciones docentes. Despliega el efecto positivo de cosa juzgada respecto de otros periodos de tiempo en que se asumieron dichos cometidos

Debe distinguirse entre el efecto negativo y el positivo de la cosa juzgada. Imagen de profesor frente a una clase de adultos con mascarillas

ADIF. Mandos Intermedios. Reclamación de cantidad Clave 113 (Gratificación docente). Preexistencia de una sentencia firme que reconoce el derecho de los trabajadores a percibir, en relación con un determinado periodo, una gratificación por razón del desarrollo en la empresa de funciones formativas. Despliegue del efecto positivo de la cosa juzgada en los procesos subsiguientes seguidos por los mismos trabajadores en la empresa y en relación con otros periodos de tiempo en los que se han asumido los citados cometidos.

El Tribunal Supremo establece que las medidas adoptadas en Zara al inicio de la pandemia para preservar la salud de sus trabajadores no es una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo

Zara modificación sustancial . Chica con una prenda en la mano en una tienda de ropa

La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia –con fecha 12 de mayo y ponencia de la magistrada Rosa María Virolés Piñol- que resuelve la demanda por Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo de carácter colectivo.

La demanda, formulada por el Sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores (AST) y CGT frente a la empresa textil Zara España S.A. y como interesados su Comité de Empresa y las Federaciones de Comercio de UGT, UGT y CC.OO., solicitaba que se declarase nula la modificación de las condiciones de trabajo adoptadas por la empresa al inicio de la pandemia para proteger a sus empleados frente al Covid-19, y que dejaba sin efectos todos los calendarios laborales y de plantilla anteriores.

TS. Jubilación parcial y contrato de relevo. No es exigible formalizar un nuevo contrato de trabajo temporal en el caso de jubilación anticipada del trabajador relevado

Esa contratación no encuentra justificación en el artículo 12.7 del ET. Imagen de un señor pasandole el relevo a otro

Jubilación parcial y contrato de relevo. Trabajadora relevada que accede a la jubilación anticipada a los 64 años. Empresa que procede a ampliar la jornada de la demandante al 100 % sin firmar un nuevo contrato, cesándola un año después en fecha coincidente con la de la jubilación ordinaria de la trabajadora sustituida. Inexistencia de despido improcedente por fraude de ley.

El contrato de relevo y la situación de jubilación con empleo parcial no dependen funcionalmente entre sí, extendiéndose la obligación empresarial de mantener el volumen de empleo hasta que el jubilado parcial o trabajador relevado alcance la edad que le permita acceder a la jubilación. De igual forma, la distorsión temporal del trabajo no afecta al contrato de relevo ni al derecho a la jubilación del relevado, siempre que se cumplan los requisitos básicos de la institución. Y ello es lo que sucede en el presente caso respecto a la obligación de mantener el volumen de empleo, sin perjuicio alguno ni al derecho a la jubilación, ni a la Seguridad Social, ni al propio relevado.

Selección de jurisprudencia (del 1 al 15 de mayo de 2021)

Jurisprudencia. Imagen de una maza de juez

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