El tiempo de servicio social femenino computa para acceder a la jubilación parcial
Enviado por Editorial el Lun, 28/11/2022 - 12:21La Ley 24/2022, de 25 de noviembre, publicada y en vigor el 26 de noviembre, reconoce el tiempo de prestación del «Servicio Social de la Mujer» para el cómputo de los períodos mínimos de cotización exigidos a efectos de jubilación parcial.
El «Servicio Social de la Mujer» (organizado inicialmente por la Sección Femenina de la Falange Española) fue una prestación obligatoria para las mujeres que tuvieran entre 17 y 35 años, que estuviesen solteras y que quisieran desde acceder a un trabajo remunerado o a un título académico u oficial, hasta unirse a una asociación, u obtener el pasaporte o el carné de conducir. La «mili de las mujeres», actividad normalmente a tiempo parcial, en lugares próximos al domicilio (escuelas, hospitales, comedores, bibliotecas…) y, generalmente, con una duración entre 3 y 6 meses, estuvo vigente desde 1937 hasta 1978, cuando se suprimió por el Real Decreto 1914/1978, de 19 de mayo.