Legislación Estatal

La «cultura de la formación» y el cambio de modelo productivo: La Ley 30/2015 proveniente del Real Decreto-Ley 4/2015

La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, publicada en el BOE del 10 de septiembre (corrección de errores BOE de 23 de diciembre), es el resultado del paso por el Parlamento del Real Decreto-Ley 4/2015 del que, en su día, se dio noticia en este espacio.

Los cambios operados tras la tramitación parlamentaria se centran, amén de los correspondientes ajustes en la estructura de la norma (traslado de las modificaciones normativas de la Ley de Empleo –LE– y de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social –LISOS– a la parte final o nueva numeración de preceptos y disposiciones como consecuencia de la articulación de nuevos contenidos), en cuestiones de fondo que afectan, principalmente, a los siguientes aspectos:

La Ley 31/2015: Análisis de los aspectos relacionados con la Seguridad Social

La Ley 31/2015, de 9 de septiembre ( BOE de 10 de septiembre de 2015 y corrección de errores de 14 de enero de 2016) con entrada en vigor el próximo 10 de octubre, modifica  y actualiza la normativa en materia de autoempleo y adopta medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social, implicando, con el objetivo de dar un nuevo impulso a la cobertura del denominado autoempleo y a la economía social, la reforma y actualización de varias disposiciones legales que regulan esos dos ámbitos, como son, básicamente, la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social y la Ley General de la Seguridad Social (en lo que se refiere a la prestación por desempleo).  A su vez, en la aprobación la norma que se presenta, ha de tenerse en cuenta la habilitación al Gobierno respecto de la reordenación normativa de los incentivos al autoempleo en el ámbito de empleo y de la Seguridad Social, contenidos en el Título V de la LETA y en la Ley 5/2011.

Con base en esos antecedentes normativos, y considerando otra serie de fines a alcanzar con la nueva disposición legal –recogidos en la Exposición de Motivos de la Ley–, a través de la misma se prevé la posibilidad de que el trabajador autónomo económicamente dependiente pueda contratar un trabajador en determinadas circunstancias relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral; se extiende la aplicación de la «tarifa plana» a los autónomos que inicien una actividad y con posterioridad contraten a trabajadores; se sistematiza la regulación de los incentivos al autoempleo y se modifican determinados mecanismos de cobertura social de autónomos.

El análisis pormenorizado de LOS ASPECTOS DE SEGURIDAD SOCIAL CONTENIDOS EN LA LEY 31/2015, a cargo de don José Antonio PANIZO ROBLES, se ofrece «en abierto» pulsando el enlace al que responde el encabezamiento de esta reseña y el título abreviado del estudio.

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Convocado proceso selectivo para el acceso a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

En el BOE de hoy se han publicado dos convocatorias de sendos procesos selectivos para el acceso por un lado al Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la escala de Empleo y Seguridad Social con un total de 76 plazas y por otro al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social con 35 plazas.

Ello se debe a la Oferta de Empleo Público para 2015 recogida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015 a la que se debe añadir la oferta extraordinaria aprobada por el Consejo de Ministros el pasado mes de marzo y materializada en el Real Decreto Ley 3/2015, de 22 de marzo que tenía como objeto, la lucha contra el fraude en los servicios públicos.

Orden Ministerial reguladora de gastos de dietas y desplazamientos para el sector público estatal

El BOE ha publicado hoy la Orden por la que se fija  el  sistema  de  compensación  por  gastos  en  concepto  de  dietas desplazamientos  y  demás  análogos,  para  los  máximos  responsables  y directivos del sector público estatal. 

Se trata de dar rango legal a las instrucciones internas que ya se estaban aplicando  en  las  empresas  del  sector  público,  con  el  objetivo  de  seguir los criterios de austeridad y racionalidad del gasto. 

Por tanto, no afecta a los altos cargos del Gobierno, ni al personal de la Administración   General   del   Estado,      que   están   regulados   por   la normativa  sobre  Función  Pública,  donde  ya  se  establecen  las  mismas disposiciones de la Orden hoy publicada. 

Nueva prórroga del Programa PREPARA: del 16 de agosto de 2015 al 15 de febrero de 2016

La Resolución de 30 de julio de 2015, del Servicio Público de Empleo Estatal, publicada en el BOE del 14 de agosto, en vigor al día siguiente y con efectos desde el día 16 del mismo mes, prorroga hasta el 15 de febrero de 2016 la vigencia de la de 1 de agosto de 2013, por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas económicas de acompañamiento incluidas en el programa PREPARA y recoge el nuevo modelo de solicitud de ayuda económica de acompañamiento.

Publicado el Plan Anual de Política de Empleo para 2015

El Acuerdo del Consejo de Ministros adoptado en su reunión del día 24 de julio de 2015 por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2015 (PAPE 2015), adjuntado como Anexo en la Resolución de 29 de julio de 2015 (BOE de 11 de agosto), de la Secretaría de Estado de Empleo, cumple para el presente ejercicio lo establecido en el artículo 4 ter de la Ley de Empleo, concretando tanto los objetivos de la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016 a alcanzar en todo el Estado y en las distintas Comunidades Autónomas, como los indicadores que se utilizarán para conocer y evaluar el grado de cumplimiento de los mismos, configurándose, así, como un instrumento de evaluación de las acciones y medidas de políticas activas de empleo desarrolladas por el Servicio Público de Empleo Estatal y las Comunidades Autónomas.

El PAPE, uno de los principales instrumentos para la coordinación y ejecución de las políticas activas de empleo, cuenta con una novedad para el presente ejercicio 2015: la inclusión de la cartera común de servicios aprobada por Real Decreto 7/2015, de 16 de enero.

Empresas de trabajo temporal: Desarrollo del Reglamento

En desarrollo del Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal, la Orden ESS/1680/2015, de 28 de julio, publicada en el BOE del día 8 de agosto y en vigor el próximo 1 de septiembre, determina –en cumplimiento del art. 13.2 del Reglamento la forma de asignación del número de autorización administrativa de las ETT (art. 1 y Anexo I) y establece –con base al mandato contenido en los artículos 15 y 17, respectivamente, del Reglamento– los modelos oficiales del contrato de puesta a disposición (art. 2 y Anexo II) y de la relación de contratos celebrados que debe ser remitida mensualmente por medios telemáticos al Registro de ETT de la autoridad laboral competente (art. 3 y Anexo III).

Financiación de las mutuas: El acceso a los coeficientes especiales por parte de las que acrediten «insuficiencia financiera por circunstancias estructurales»

La Resolución de 30 de julio de 2015, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (BOE de 8 de agosto), establece los términos y condiciones para la aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes especiales del 0,055 y del 0,033 cuando concurra «la situación de insuficiencia financiera por circunstancias estructurales» a los que se refiere el artículo 24 de la Orden ESS/86/2015, de 30 de enero, para la gestión de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas.

Las mutuas interesadas deberán presentar sus solicitudes antes del día 16 de septiembre de 2015.

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