Residencia y trabajo en España de rumanos y búlgaros
Enviado por Editorial el Sáb, 10/03/2007 - 11:00
Residencia y trabajo en España de rumanos y búlgaros (tras la ampliación de la Unión Europea a Rumanía y Bulgaria)
Las sucesivas ampliaciones de la Unión Europea (como esta última que integra a Rumanía y a Bulgaria) han planteado con frecuencia regímenes transitorios para hacer efectiva la libre circulación de trabajadores con carácter pleno, respecto a los nacionales de los países que se integran (como ya ocurriera con España en el momento de su adhesión). Estas restricciones son solo para los trabajadores por cuenta ajena que desean salir de su país en búsqueda de unas condiciones más favorables de empleo, destacando su régimen transitorio y una regulación específica en la que se compatibiliza la libertad de residencia con la exigencia de unos requisitos para trabajar (similares a los exigidos a los no comunitarios). En el caso de rumanos y búlgaros que deseen establecerse y trabajar en España, el Ministerio de Trabajo, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, ha dado unas directrices que son las que se comentan en este trabajo.
E. Lanzadera Arencibia
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