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¿Se está cumpliendo el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula el permiso retribuido recuperable para los trabajadores por cuenta ajena que no presten servicios esenciales?

Permiso retribuido recuperable; trabajadores que no prestan servicios esenciales. Coche policía

El Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social establece una serie de instrucciones para proceder de manera urgente al control del cumplimiento del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo

EL Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo (en adelante RDL), nació con el fin de reducir la movilidad de la población para evitar la propagación del COVID-19. En este contexto debe resaltarse la actuación inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) para garantizar el cumplimiento de la norma y el ejercicio por los trabajadores de sus derechos laborales, como son los permisos retribuidos y los descansos.

Criterio interpretativo de la Dirección General de Trabajo relativo al RDLey 10/2020 sobre supuestos en que caben los permisos retribuidos recuperables

COVID-19; permiso retribuido recuperable; criterio interpretativo Imagen de un pasillo vacío de industria de automóvil

Con el fin de aclarar algunas cuestiones que pueden surgir en el proceso aplicativo de la norma, procede dicho centro directivo a elaborar unas pautas interpretativas tomando en consideración el contexto normativo y fáctico en el que nos encontramos originado por la crisis sanitaria derivada del COVID-19.

Medidas que pueden aplicarse durante el período de interrupción de actividades del 30 de marzo al 9 de abril

Tercer paquete de medidas de apoyo en la crisis del COVID-19

Trabajadores del acero en una fábrica
  • Se prohíben los desahucios de inquilinos durante seis meses desde la entrada en vigor del estado de alarma.
  • Se articulan microcréditos a través del ICO para que los inquilinos en situación vulnerable puedan hacer frente al pago del alquiler con un plazo de devolución de hasta 10 años.
  • Se crea un nuevo subsidio para empleadas del hogar afectadas por el cese o reducción de actividad y para trabajadores temporales cuyo contrato finalice y que no tuviesen derecho a prestación.
  • Se habilita a la Seguridad Social para conceder moratorias en el pago de las cotizaciones sociales a empresas y autónomos y se permite el aplazamiento del pago de deudas con la Seguridad Social hasta el 30 de junio.
  • Los autónomos que accedan a la prestación por cese de actividad podrán aplazar sin cargo la cuota de la Seguridad Social de marzo por los días que hayan trabajado.
  • También se incluyen en la moratoria de hipotecas los inmuebles afectos a la actividad económica de autónomos.
  • Se refuerzan los derechos de los consumidores en la suspensión o rescisión de contratos, el rembolso de planes de pensiones y la protección contra la ludopatía.
  • Las empresas no podrán cortar los suministros básicos en la vivienda habitual de ningún ciudadano durante el estado de alarma.

Medidas urgentes para proteger y asistir a víctimas de violencias machistas durante la crisis de COVID19

Niña escuchando asustada como discuten sus padres

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas urgentes para proteger y asistir a las víctimas de violencias machistas durante la crisis de Covid19

Se trata de un paquete de medidas para proteger en estos momentos particularmente sensibles a todas las víctimas de violencia, no solo de género, sino también explotación sexual, trata o agresiones sexuales.

Entre las medidas aprobadas destacan:

1.- En primer lugar, se garantiza la prestación de los servicios de información y asesoramiento jurídico 24 horas habituales, y se añade un nuevo servicio de atención psicológica.

Reparto de fondos a las comunidades autónomas para las acciones más urgentes contra EL COVID-19

Mapa de España y Comunidades

El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución a las comunidades autónomas de 300 millones de euros dentro del Plan de medidas económicas extraordinarias destinadas a mitigar el impacto del COVID-19.

El reparto se ha llevado a cabo teniendo en cuenta los criterios de porcentaje de población (80%) y número de casos (15%) e ingresos en UCI (5%) a fecha 24 de marzo. El objetivo es dar respuesta a las acciones más urgentes que cada comunidad autónoma tenga que abordar.

Las comunidades autónomas de Madrid, Cataluña y Andalucía son las tres que mayores importes recibirán con 44.231.363, 51.367.983 y 44.231.363 euros respectivamente. En la tabla adjunta se puede ver la distribución completa.

Actualizados los tipos de interés de los préstamos sobre viviendas protegidas

Viviendas de una calle

El Consejo de Ministros, ha aprobado el acuerdo para la revisión y modificación de los tipos de interés efectivos anuales vigentes para los préstamos cualificados o convenidos concedidos en el marco del Programa 1996 del Plan de Vivienda 1996-1999, Plan de Vivienda 1998-2001, Plan de Vivienda 2002-2005 y Plan de Vivienda 2005-2008.

Los tipos de interés efectivo anuales, aplicables a los préstamos cualificados concedidos por las entidades de crédito para financiar actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo, en el marco de cada uno de los convenios suscritos entre las entidades de crédito y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, serán los siguientes:

El Gobierno flexibiliza los aplazamientos de las cuotas de la Seguridad Social para empresas y autónomos

  • Podrán solicitar el aplazamiento de las cuotas que se pagan en abril a un interés del 0,5%, siete veces inferior al establecido en la ley.
  • Además, las cuotas que se paguen en mayo, junio y julio podrán ser objeto de moratoria, para su abono seis meses después sin recargos ni intereses.
  • Si no se tuviera derecho a moratoria podrán también solicitar el aplazamiento al interés del 0,5%, durante mayo y junio.
  • Los autónomos cuya actividad quedó suspendida por el decreto de alarma no tendrán recargos si pagan las cuotas previas fuera de plazo.
  • Se flexibiliza la percepción de la prestación extraordinaria por cese de actividad para los profesionales del campo y de la cultura.
  • Los perceptores del subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave incluidos en ERTE no verán modificada la prestación.
  • Se facilitará a los profesionales sanitarios jubilados la reincorporación a la vida profesional activa.

¿Cómo debe proceder la Inspección de Trabajo cuando se denuncia la existencia de riesgo grave e inminente de exposición y contagio del coronavirus?

El Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social unifica pautas de actuación de las Inspecciones Provinciales entorno a este asunto.

La atribución al gobierno por el Real Decreto 463/2020 de la facultad de suspender determinadas actividades como medida de contención de la epidemia causada por el coronavirus cuando pueda existir riesgo de contagio, así como la reserva a favor del Ministro de Sanidad de la capacidad de modificar, ampliar o restringir las medidas, lugares, establecimientos y actividades enumeradas en el citado Real Decreto con carácter preventivo, lleva a matizar la capacidad que ostenta la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) de adoptar o confirmar medidas de paralización de actividades en empresas y centros de trabajo, por considerar que existe un riesgo de exposición a la enfermedad, al poder estar invadiendo el ámbito de las autoridades realmente competentes para ello.

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