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El COVID-19 podría cobrarse casi 25 millones de empleos en el mundo, afirma la OIT

Según una nueva evaluación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la crisis económica y laboral provocada por la pandemia del COVID-19 podría aumentar el desempleo mundial en casi 25 millones de personas.

Sin embargo, de haber una respuesta política coordinada a nivel internacional, como ocurrió frente a la crisis financiera mundial de 2008-2009, el impacto sobre el desempleo mundial podría ser significativamente menor.

El CGPJ establece que durante el estado de alarma solo podrán presentarse escritos procesales vinculados a actuaciones judiciales urgentes y siempre a través de LexNET

El CGPJ establece que durante el estado de alarma solo podrán presentarse escritos procesales vinculados a actuaciones judiciales urgentes y siempre a través de LexNET

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, reunida hoy en sesión extraordinaria, ha acordado que mientras se mantenga el estado de alarma no procede la presentación "en ningún caso" de escritos procesales de manera presencial, limitándose la forma telemática (LexNET) a aquellos que tengan por objeto única y exclusivamente actuaciones procesales declaradas urgentes e inaplazables por las instrucciones y acuerdos del órgano de gobierno de los jueces.

El Gobierno refuerza los mecanismos para dar máxima protección a los trabajadores y evitar la destrucción del empleo en la crisis sanitaria

  • Se facilitará la suspensión temporal del empleo, agilizando mecanismos y plazos de los ERTE
  • Las prestaciones por desempleo se prorrogarán de manera automática mientras dure la crisis sanitaria
  • Los subsidios se podrán cobrar sin haber cotizado el mínimo exigido en la actualidad y el tiempo de paro no computará a efectos de prestaciones futuras
  • Los trabajadores que tengan menores o dependientes a cargo contarán con herramientas para adaptar su jornada laboral y poder ejercer su cuidado

El Consejo de Ministros ha aprobado un paquete de medidas encaminadas a proteger a las personas trabajadoras en un momento excepcional de crisis sanitaria, social y económica ocasionada por la pandemia de Covid-19.

Real decreto-ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley con la mayor movilización de recursos económicos de la historia democrática de España para hacer frente al impacto económico del coronavirus. Se ha decidido movilizar cerca del 20% del PIB, 200.000 millones de euros con medidas para proteger y apoyar a familias, trabajadores, autónomos y empresas.

El objetivo es iniciar la recuperación en cuanto la emergencia sanitaria quede atrás, relanzando nuestra economía, nuestra producción y nuestro empleo y que la caída venga seguida de una recuperación económica y no de un estancamiento.

Suspensión parcial de la actividad jurisdicciones del TJUE y Tribunal General

Tribunal de Justicia

SUSPENSIÓN PARCIAL DE LA ACTIVIDAD JURISDICCIONAL DEBIDO A UNA SITUACIÓN DE CRISIS GRAVE

Debido a una situación de crisis grave, el Tribunal de Justicia se ha visto obligado a restringir temporalmente su actividad jurisdiccional.

Hasta nueva orden, únicamente se tramitarán los asuntos de especial urgencia (como los procedimientos de urgencia, procedimientos acelerados y procedimientos sobre medidas provisionales). El Tribunal de Justicia se pondrá en contacto, en su caso, con los representantes de las partes para informarles acerca de la posible reorganización del procedimiento.

En todos los demás asuntos, pese a que el Tribunal de Justicia no se encuentre temporalmente en condiciones de tramitarlos, los plazos procesales, incluidos los plazos para recurrir, siguen su curso y las partes tienen la obligación de cumplirlos, sin perjuicio de la posibilidad de invocar el artículo 45, párrafo segundo, del Protocolo sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Las vistas orales fijadas hasta el 27 de marzo de 2020 se aplazarán a una fecha posterior.

Acuerdo del Pleno del TC de 16 de marzo de 2020 en relación con la suspensión de los plazos procesales y administrativos durante la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y fija en quince días naturales su duración, que podrá ser ampliada o modificada, dando cuenta al Congreso de los Diputados.

En las disposiciones adicionales segunda y tercera se suspenden los términos y plazos procesales y administrativos.

La Ley Orgánica de este Tribunal 2/79, de 3 de octubre, remite en el artículo 80 a la Ley Orgánica del Poder Judicial y a la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de cómputo de plazos y el Pleno de este Tribunal, en reunión no presencial, a propuesta de su Presidente y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 10.1.n de la citada Ley Orgánica 2/79, establece los siguientes criterios:

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