TS. Empresas de mantenimiento de ascensores. No es tiempo de trabajo, a menos que concurran circunstancias específicas, el desplazamiento de los técnicos desde su domicilio al primer punto de la ruta y desde el último a su domicilio
Enviado por Editorial el Vie, 20/12/2024 - 07:46TK Elevadores España SLU. Actividad consistente en el montaje y mantenimiento de aparatos elevadores. Solicitud de la consideración como tiempo de trabajo el desplazamiento de los trabajadores desde su domicilio particular al domicilio del primer cliente, particular, industrial o comercial, en el que han de realizar sus funciones y la vuelta desde el domicilio del último cliente hasta su domicilio particular.
Conforme al artículo 34.5 del ET, el tiempo de trabajo se computa de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo, lo que excluye que el tiempo de desplazamiento hasta el puesto sea tiempo de trabajo a efectos de retribución. Dicho artículo pretende impedir que se tenga como tiempo de trabajo todo aquel conducente a tomarlo o dejarlo materialmente: desplazamientos, actos preparatorios, cambio de indumentaria, actos de control mediante firma o fichaje, traslado dentro de la empresa desde el garaje donde están los vehículos a la sede de la unidad y regreso, o similares.