Según el Abogado General M. Wathelet, los ciudadanos de la Unión que se desplacen a otro Estado miembro del que no son nacionales para buscar trabajo en él pueden ser excluidos de la percepción de determinadas prestaciones sociales
Enviado por Editorial el Jue, 26/03/2015 - 14:47Sin embargo, si la persona afectada trabajó anteriormente en dicho Estado, esas prestaciones no pueden denegársele de forma automática, sin examen individual
En la sentencia Dano, el Tribunal de Justicia declaró recientemente que los Estados miembros pueden excluir de la percepción de prestaciones de asistencia social a los ciudadanos de la Unión que se desplacen a su territorio sin voluntad de encontrar trabajo en ellos. Dicho asunto se refería a las prestaciones alemanas del seguro básico («Grundsicherung»), destinadas, concretamente, a garantizar la subsistencia de los beneficiarios.