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Continúan hasta el 1 de mayo los controles en la frontera interior terrestre entre España y Portugal

Los efectos de la Orden INT/68/2021, de 29 de enero, por la que se restablecen los controles en la frontera interior terrestre con Portugal con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, prorrogados mediante las Órdenes INT/98/2021, INT/162/2021, INT/230/2021 e INT/316/2021  finalizaron a las 00:59 horas del 16 de abril de 2021.

Puesto que la situación epidemiológica en España y Portugal aconseja continuar con las medidas preventivas restrictivas de la movilidad en el interior del territorio, la Orden INT 361/2021, de 16 de abril (BOE de 17 de abril), mantiene los controles en la frontera interior terrestre con Portugal, restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, hasta el 1 de mayo de 2021, a las 00:59.

Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas: criterios para su asignación

En el BOE del 14 de abril, y con efectos desde ese mismo día, se publica la Orden HAC/348/2021, de 12 de abril, por la que se concretan los criterios para asignación de ayudas directas (7.000 millones de euros: 5.000 para todas las comunidades autónomas, salvo Baleares y Canarias, y para las Ciudades de Ceuta y Melilla, y 2.000 para Baleares y Canarias) a autónomos y empresas no financieras  (empresarios y profesionales) más afectados por la pandemia, en aplicación de lo dispuesto en el título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Promover la implicación de los trabajadores en la gestión empresarial: una herramienta para posicionarse en el mercado

La Ley 5/2021, de 12 de abril (BOE de 13 de abril), por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas, incluye en su artículo segundo una modificación del Código de Comercio respecto a las obligaciones de información sobre cuestiones sociales y relativas al personal, cuya entrada en vigor se difiere al 13 de abril de 2022.

Publicadas en el BOE las Leyes 3/2021 y 4/2021

En el BOE del 13 de abril se publican las Leyes 3/2021 y 4/2021, ambas de 12 de abril, resultantes de la tramitación como proyectos de ley, tras sus convalidaciones, de los Real Decretos-leyes 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral para paliar los efectos derivados del COVID-19, y 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

COVID-19: Nueva prórroga de la limitación de vuelos con Brasil y Sudáfrica

La Orden PCM 324/2021, de 7 de abril (BOE de 8 de abril) prorroga hasta las 00:00 horas del día 27 de abril de 2021 (hora peninsular) la eficacia de las previsiones contenidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles, que expira a las 00:00 horas del día 13 de abril de 2021 (hora peninsular).

Se mantienen los controles en la frontera interior terrestre entre España y Portugal hasta el 16 de abril

La Orden INT/316/2021, de 1 de abril, prorroga los controles en la frontera interior terrestre con Portugal, restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, hasta 00:59 horas del 16 de abril de 2021.

COVID-19 tras el fin del estado de alarma: medidas urgentes para un futuro incierto

La Ley 2/2021, de 29 de marzo (BOE de 30 de marzo), adopta  un conjunto de medidas de prevención, contención y coordinación, con el objeto de seguir haciendo frente y controlando la crisis sanitaria por COVID-19 una vez expire la vigencia del estado de alarma y decaigan las medidas derivadas de su adopción.

Las medidas, que se resumen a continuación, serán de aplicación en todo el territorio nacional una vez finalizada la prórroga del estado de alarma (recuérdese que expira a las 00:00 horas del próximo 9 de mayo) y hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria, si bien ha de terse en cuenta que las contempladas en su articulado (arts. 6 a 31, excepción hecha de las previsiones contenidas en el art. 15.2 para la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de baloncesto) y en su disposición adicional 5ª (dispensación de medicamentos en modalidad no presencial) únicamente serán de aplicación en las provincias, islas o unidades territoriales que hayan superado la fase III del Plan de desescalada, y en las que hayan quedado sin efecto todas las medidas del estado de alarma.

Adicionalmente, también se introducen una serie de modificaciones puntuales de la legislación sanitaria de modo que se garantice a futuro la articulación de una respuesta eficaz y coordinada de las autoridades sanitarias ante este tipo de crisis.

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