TJUE. Matización del Tribunal en relación a la sucesión de empresa cuando la inexistencia de transmisión de los medios de explotación se debe a imperativos técnicos o medioambientales
Enviado por Editorial el Vie, 06/03/2020 - 09:10Transmisión de empresa. Servicio público de transporte mediante líneas de autobús. No cesión de los medios de explotación. Contratación por la adquirente de la mayor parte de los conductores. Exclusión de la cesión de los autobuses dadas las normas técnicas y medioambientales vigentes, al exigirse una antigüedad no superior a 15 años y cumplir, al menos, la norma medioambiental “Euro 6”.
Aun cuando el transporte en autobús no puede considerarse una actividad que descanse fundamentalmente en la mano de obra, en la medida en que exige un material e instalaciones importantes, el Tribunal matiza ahora su postura en las situaciones en que no hay transmisión del antiguo al nuevo concesionario de dichos elementos del activo, de tal forma que este hecho ya no supone inexorablemente la exclusión de una situación de transmisión de empresa por no haber conservado su identidad, siendo únicamente un factor a tomar en cuenta.