Jurisprudencia octubre 2008
Enviado por Editorial el Lun, 03/11/2008 - 17:20Recae sobre el empresario la carga probatoria de la inexistencia de discriminación por razón del sexo en los ceses que no precisan de motivación
El Tribunal Constitucional establece, en sentencia de 23 de junio de 2008, en cuanto a la vulneración del derecho a no ser discriminada por razón del sexo, con motivo de la no renovación de un contrato temporal, cuando así se venía haciendo sistemáticamente, debido a la Incapacidad Temporal derivada del estado de gravidez de la trabajadora, que la carga probatoria que recae sobre el empresario una vez que el trabajador ha aportado indicios de una conducta discriminatoria opera igualmente en los supuestos de decisiones discrecionales, o no causales, y que no precisan por tanto ser motivadas, pues ello no excluye que, desde la perspectiva constitucional, sea igualmente ilícita una decisión discrecional contraria a los derechos fundamentales del trabajador (sentencia publicada en Normacef Social, NSJ026216, y en la Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF, núm. 307, octubre 2008).