COVID-19. Medidas extraordinarias en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral
Enviado por laboral el Vie, 17/04/2020 - 11:29La declaración del estado de alarma incorpora medidas de contención en el ámbito educativo y de la formación, entre las que se encuentra la suspensión de la actividad formativa presencial en el ámbito de la formación profesional para el empleo, si bien contempla el mantenimiento de las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y on line cuando resulte posible. Estas medidas han tenido gran impacto en el sistema de formación profesional para el empleo ya que no se permite, con carácter general, continuar la ejecución de la formación presencial, lo que afecta a un importante número de acciones formativas financiadas con cargo a este sistema.
La Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal (BOE de 17 de abril), con entrada en vigor el 18 de abril, establece medidas para flexibilizar las condiciones en que ha de ejecutarse temporalmente la formación profesional para el empleo persiguiendo, además, facilitar a empresas y a personas ocupadas y desempleadas afrontar las nuevas situaciones que se plantearán en el futuro, reforzando sus capacidades mediante las iniciativas previstas en este ámbito.
- Medidas en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral
- Medidas referidas a la formación programada por las empresas
- Medidas en el ámbito de la oferta formativa para personas trabajadoras ocupadas
- Suspensión de los permisos Individuales de formación
- Ampliación del plazo de ejecución de programas y planes formativos
- Convocatoria de planes de formación de ámbito estatal dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva y el dialogo social