I. Causas para la prolongación de la vida laboral por encima de la edad de jubilación (65 años)

1. La necesidad de una progresiva reforma de nuestro sistema de pensiones.

La reforma de las pensiones no es un tema nuevo. Es más bien una discusión viva y permanente en función de las circunstancias económicas y sociales que inciden en nuestro Sistema de Seguridad Social. Al tratarse de variables, como la demografía, la natalidad, la esperanza de vida, las previsiones de ingresos y de gastos, o la actividad económica y, aunque se puede adivinar cuál será la tendencia en los próximos años, no se pueden hacer previsiones concretas a largo plazo, o fijar una fecha donde se produzca la tan temida «quiebra de nuestro sistema de protección social».

En este marco, las reformas que se producen en materia de protección social son continuas y generalmente tratan de desarrollar las Recomendaciones consensuadas por los Partidos Políticos en el Pacto de Toledo. También es frecuente que el desarrollo de estas medidas goce de consenso con los agentes sociales, patronal y sindicatos. La Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de Medidas en materia de Seguridad Social 2, tiene como finalidad mantener y reforzar determinados principios básicos en los que se asienta el sistema de la Seguridad Social como objetivo para garantizar la eficacia del mismo y el perfeccionamiento de los niveles de bienestar del conjunto de los ciudadanos.

2. La inversión de la pirámide de la población.

Las variables fundamentales sobre las que debe apoyarse cualquier proyección son, de un lado, las demográficas y, de otro, las macroeconómicas. En cuanto a las demográficas, constituyen uno de los problemas estructurales de nuestra sociedad. Tenemos una pirámide de población que envejece rápidamente y muy marcadamente en los últimos años. Esta pirámide, que cuando nació el actual Sistema de Seguridad Social tenía una base amplia de jóvenes cotizantes, y un vértice estrecho, con pocos pensionistas (seguramente a causa de la guerra civil, pero también por la más corta esperanza de vida o el aumento de la natalidad), toma ahora más bien la forma de una seta (menos cotizantes por un descenso acusado de la natalidad y más pensionistas, ante una mayor esperanza de vida). Una pirámide de población debe tener unas bases muy amplias con un punto superior más reducido de manera que el soporte de las poblaciones jóvenes, que van facilitando el acceso a la actividad económica, se desarrolle sobre un tramo de actividad fuerte que permita sustentar las partes altas que conforman los pasivos de la sociedad, es decir, los pensionistas del Sistema.

 

Precisión:

En España, hemos sufrido una peculiaridad, como consecuencia del desastre de la guerra civil, y durante unos cuatro o cinco años el número de personas que se incorporaban a la jubilación ha sido significativamente menor a lo que habitualmente solía (para hacernos una idea, la caída demográfica durante los años de la guerra civil fue nada menos que de un 20%). Hoy ya se ha alcanzado la «velocidad de crucero» de crecimiento de las pensiones de jubilación, habiéndose incorporado a la jubilación el colectivo de personas nacidas entre 1939 y 1941.

 

Otra característica que incide en la inversión de la pirámide es el hecho de que la esperanza de vida se va alargando aproximadamente un año cada diez. Esto quiere decir que cada vez tendremos más población pasiva que sustentar con menos activos. En relación con esta situación, son elementos significativos la tasa de activos en relación con los pasivos y el alargamiento de la esperanza de vida, todos ellos inciden realmente en las dificultades de la financiación del coste del Sistema.

Frente a ello, hay unos aspectos positivos que vienen determinados por la situación de la inmigración. Afortunadamente, este ha sido un elemento muy efectivo en los últimos años, al darnos una mejora de las proyecciones con independencia de que exista un debate entre los demógrafos sobre si las cohortes de los emigrantes vienen a resolver los tramos de dificultad de nuestra pirámide o si vienen a sobreponerse sobre las cohortes ya suficientemente abundantes.

El problema estriba en reequilibrar la pirámide; en este sentido, está claramente demostrado que las mujeres inmigrantes son las que tienen mayor tasa de natalidad con relación al resto de la población española, lo que implica una vía de alivio de la situación al definir los costes a medio y largo plazo.

Así, a la hora de hacer previsiones, hay que tener en cuenta que los pensionistas que van a serlo a partir de los años 50 tienen nombre y apellidos, han terminado su edad escolar y prácticamente forman parte ya del mercado de trabajo. Esto es algo que nos permite evaluar de forma precisa el coste de las pensiones. Sin embargo, la otra parte de la ecuación, que son los ingresos, no son fáciles de identificar. Los ingresos dependen del número de cotizantes, que en un sistema de reparto como el nuestro, financian casi en su totalidad las pensiones que se van produciendo. Ello implica que lo que se recauda ahora, se gasta también ahora, con lo que para ir pagando las pensiones futuras, habrá que ir asegurando cotizantes, bien propios, o provenientes de los fenómenos migratorios.

 

Precisión:

La Comisión Europea viene adoptando determinadas iniciativas que ponen de relieve la necesidad de adaptar los sistemas de pensiones al envejecimiento de la población y también a las nuevas necesidades sociales. Los informes de las instancias europeas y de otras organizaciones internacionales vienen poniendo de manifiesto las fuertes tensiones a que se verán sometidos los sistemas de pensiones, en especial, en el segundo cuarto del siglo XXI, cuando lleguen a la jubilación la mayoría de los nacidos en la década de los sesenta y primeros de los setenta.

 

Así, el margen de actuación es muy pequeño, y la vía del recorte de las pensiones, como ajuste de la ecuación, no está bien visto socialmente, precisamente porque el sistema de reparto está basado en la solidaridad intergeneracional. No es extraño pensar que un pensionista sea contrario a que se le recorte la misma pensión con la que a través de sus cotizaciones ha ido financiando a sus predecesores, con mayor o menor esperanza de vida. Aun así, hemos asistido durante prácticamente toda la vida del Sistema de Seguridad Social a una serie de medidas llamadas de «racionalización», que sin suponer un recorte en las pensiones en términos globales, sí que exigen mayores requisitos como una mayor carrera de cotizaciones para el acceso a una pensión superior a la mínima, tratando por otra parte de dar acceso a prestaciones sociales suficientes para todos los ciudadanos, en caso de necesidad, tal y como establece nuestra Constitución en su artículo 41, abriendo el acceso a las pensiones no contributivas financiadas a través de los Presupuestos Generales del Estado, para todos aquellos que no reúnan los requisitos de contributividad exigidos para acceder a las pensiones contributivas.

3. La fijación de una edad de jubilación.

Uno de los problemas con que nos encontramos es el del alejamiento de la edad real de jubilación a la edad legal. A pesar de que la edad legal es de 65 años, han proliferado las prejubilaciones, a través de mecanismos nacidos sobre todo en las propias empresas, que pretenden deshacerse de los trabajadores de mayor edad para sustituirlos por los más jóvenes, sobre todo en las épocas en que el aumento de la natalidad de finales de los sesenta originó una abundante bolsa de mano de obra joven. Esto y otras causas han provocado que activos con algo más de 50 años y sobre todo de 60, se conviertan en pasivos. En el contexto europeo las reformas son tendencialmente las mismas, porque los problemas son los mismos, con lo cual se aplican las mismas soluciones.

Lo cierto es que no parece aconsejable un mayor alejamiento de la edad real a la edad legal de jubilación, incrementando esta última (es decir, estableciendo el legislador la edad de acceso a la pensión de jubilación más allá de los 65 años). Pero tampoco es justo que los planes de prejubilación de las propias empresas se financien parcialmente con prestaciones sociales. Por ello, se ha optado a lo largo de estos últimos años, por incentivar la prolongación de la vida laboral más allá de los 65 años, con carácter voluntario y, por otro lado, limitar el acceso anticipado a prestaciones o a determinadas ventajas en el acceso a las mismas, a quienes pretenden financiar el cese de la actividad acordado con su empresa, con prestaciones (desempleo y jubilaciones anticipadas, principalmente).

4. El endurecimiento de la jubilación parcial.

Por otro lado, el funcionamiento de la jubilación queda distorsionado por la jubilación parcial. Socialmente está justificada, pero probablemente esté mal diseñada en sus efectos. Se hace necesario huir de la jubilación «mazazo», que supone trabajar hoy ocho horas y mañana cero; pero tampoco puede existir una concepción donde la jubilación parcial sea económicamente más beneficiosa que la jubilación normal, pues desde el punto de vista económico-social no es asumible, aunque ello esté pasando. La jubilación parcial ha sufrido un crecimiento importante, produciéndose en España a 31 de agosto de 2007 un total de 19.360 nuevas jubilaciones parciales, siendo esto algo que distorsiona mucho el funcionamiento normal de los sistemas en España y Europa. De ello se deriva otro problema grave, pues en la medida en que aumenta el número de personas que no trabajan, esto se traduce en un menor crecimiento económico, haciéndose sentir este efecto sobre todo en aquellos países en que hay muchas personas a partir de los 52-53 años que abandonan la actividad laboral, alcanzando en Europa una media del 50 por 100.

En España, la edad ordinaria de jubilación, se fija en los 65 años, sin perjuicio de reconocer edades de jubilación anticipada por razones del trabajo desempeñado (peligroso, penoso, tóxico, insalubre), por discapacidad (en razón a una menor esperanza de vida de estas personas), o por pérdida de empleo a partir de los 61 años, con dificultades para encontrar empleo y, en este último caso, con aplicación de coeficientes reductores.

Estas limitaciones, bien por el tipo de trabajo desempeñado o por circunstancias propias del trabajador en sí, suponen trabas en el acceso generalizado a la jubilación antes de la edad legal. Estas limitaciones contrastan con el incentivo a la prolongación de la vida laboral por encima de esa edad, fundamentalmente, de índole económico.

 

Precisión:

En un término medio, estaría la previsión establecida en convenio colectivo de la jubilación forzosa, como mínimo a los 65 años, al amparo de la disposición adicional décima del Estatuto de los Trabajadores. Por una parte, garantiza que esa edad de jubilación forzosa no podrá ser inferior los 65 años, pero sin embargo, abre la posibilidad de evitar la prolongación de la vida laboral por encima de esa edad.

 

5. ¿Cómo se incentiva la prolongación de la vida laboral, en general?

El objetivo de retrasar la edad ordinaria de jubilación está enmarcado en el conjunto de medidas con las que se pretende evitar la quiebra de nuestro sistema de pensiones, aprovechando que a la edad de 65 años gran parte de la población mantiene una amplia capacidad de trabajo y, seguramente, una alta esperanza de vida. Lógicamente, si estas personas acceden a la jubilación a los 65 años, al mismo tiempo que cobran su pensión dejan de cotizar, por lo que interesa ofrecer la posibilidad de retrasar al menos el pago de la pensión, ofreciendo también contrapartidas económicas (una pensión superior).

 

Precisión:

No se debe olvidar que en algunas ocasiones el salario percibido por estas personas es superior a la pensión máxima que cobrarían del Sistema, por lo que es otro de los motivos por los que una persona con 65 años podría continuar trabajando. Además, la permanencia en la vida activa repercute en la propia autoestima del trabajador, tiene efectos positivos sobre el sistema de pensiones y, de modo más general, presenta indudables ventajas para el conjunto de la sociedad que, de esta forma, puede aprovechar las experiencias y los conocimientos de los trabajadores de más edad.

 

¿Y qué instrumentos utiliza el legislador para incentivar a trabajadores y empresarios?

  • Al trabajador, se le incentiva mediante el incremento de su pensión. Se trata de «premiar» al que continúe en activo a partir de los 65 años de edad liberándole además del pago de sus cotizaciones.
  • Al empresario, exonerándole del pago de cuotas a la Seguridad Social en los términos que luego se verá.

En otro orden de cosas, como medidas para fomentar la prolongación de la vida activa, cabe mencionar también la jubilación parcial y flexible. No cabe duda de que son dos figuras jurídicas que incentivan al trabajador para que continúe (jubilación parcial) o se reincorpore (jubilación flexible) a la vida en activo al permitirle tener una jornada reducida sin que «su bolsillo» se vea muy perjudicado.

Autores: P. Abril Larrainzar
E. Lanzadera Arencibia

2 BOE de 5 de diciembre de 2007.