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Aprobada la reforma que garantiza la sostenibilidad de la sanidad pública

Aprobada la reforma que garantiza la sostenibilidad de la sanidad pública

Permitirá un ahorro superior a los siete mil millones de euros de gasto sanitario, propuesto por la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto Ley, medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. El objetivo principal de esta norma es garantizar la sostenibilidad de la Sanidad Pública. A su vez, será el instrumento que permita generar unos ahorros superiores a los 7.000 millones de euros en gasto sanitario.

El Real Decreto Ley recoge modificaciones normativas en seis grandes áreas:

Universalidad

La reforma garantiza la universalidad de la sanidad y, al mismo tiempo, pone fin a los abusos en las prestaciones sanitarias. Por primera vez en la historia se establecen controles para evitar el denominado "turismo sanitario" y el uso fraudulento por parte de ciudadanos extranjeros de los servicios de salud.

Para ello, se adapta de forma correcta la normativa europea, que permite la libre circulación, pero prohíbe explícitamente desplazarse a otro estado miembro con el único objetivo de recibir asistencia sanitaria. El hecho de no haber llevado a cabo estas modificaciones legislativas antes ha impedido que se pueda facturar a su país de origen la atención de unos setecientos mil extranjeros al año, lo que ha ocasionado un gasto de 917 millones de euros en un solo año, de acuerdo con el Tribunal de Cuentas.

Exención fiscal de las indemnizaciones por despido

Exención fiscal de las indemnizaciones por despido

Con motivo de las modificaciones operadas en el artículo 56.2 del Estatuto de los Trabajadores por el Real Decreto-Ley 3/2012 han surgido dudas acerca de la exención fiscal de la indemnización por despido.

Al haber desaparecido de la normativa laboral el denominado “despido exprés” se elimina la exención de las indemnizaciones por despido prevista para estos supuestos, resultando necesario para acceder a la misma acudir a la conciliación ante el SMAC.

Por ello el Grupo Parlamentario Popular ha presentado vía adición al articulado del Proyecto de Ley una nueva Disposición Transitoria Vigésima Segunda a la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que establece lo siguiente:

  1. Las indemnizaciones por despidos producidos desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 3/2012 de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, y hasta el día de la entrada en vigor de la ley de medidas urgentes  para la reforma del mercado laboral, estarán exentas en la cuantía que no exceda de la que hubiera correspondido en el caso de que este hubiera sido declarado improcedente , cuando el empresario así lo reconozca en el momento de la comunicación del despido o en cualquier otro anterior al acto de conciliación y no se trate de extinciones de mutuo acuerdo en el marco de planes de pensiones o sistemas colectivos de bajas incentivadas.

Enmiendas del Grupo Parlamentario Popular al Proyecto de Ley de reforma del mercado laboral

Enmiendas del Grupo Parlamentario Popular al Proyecto de Ley de reforma del mercado laboral

Tras el rechazo por el Pleno del Congreso de los Diputados de las enmiendas a la totalidad presentadas al Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral procedente del Real Decreto-Ley 3/2012, el siguiente paso en la tramitación parlamentaria pasa por la presentación y debate de las enmiendas al articulado.

En este enlace se ofrece el texto de las enmiendas de modificación y adición al Proyecto de Ley presentadas por el Grupo Parlamentario Popular el pasado 16 de abril.

Sentencia de despido de la directora de la CAM

Sentencia de despido de la directora de la CAM

El Juzgado de lo Social de Alicante en sentencia de 15 de marzo de 2012, declara el despido de la directora general de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) procedente, por los motivos que pasamos a detallar.

La actora desempeñó diversos cargos en la Entidad siendo los últimos los de directora general adjunta desde el 2001 con una remuneración anual de 147.602,18 € hasta el 2010 y desde esa fecha hasta la de su despido (2011) como directora general, con un salario diario de 1.610,43 € (593.040,02 € anuales).

La actora tenía facultades delegadas por el consejo de administración y entre sus funciones se encontraban las de conceder préstamos, créditos, avales y formalizar acuerdos, entre otros.

La CAM es una institución benéfico-social con personalidad jurídica propia y, como todas las cajas de ahorros, se rige por una normativa legal que regula todos sus aspectos.

Reforma de la sanidad

Reforma de la sanidad

El Plan de Reforma del Sistema Nacional de Salud permitirá generar un ahorro que supere los 7.000 millones de euros. Es decir, en torno a un 10 por ciento del gasto sanitario público. Pero, sobre todo, asegurará un Sistema  Nacional de Salud sólido y lo protegerá de las circunstancias económicas presentes y futuras.

Farmacia

Entre las principales medidas acordadas, se encuentran modificaciones en el sistema de aportación de los usuarios en farmacia. En primer lugar, el Gobierno excluirá a los desempleados de larga duración de pagar por los medicamentos recetados.

La ministra ha explicado que se establecerá, en farmacia, un modelo equitativo "más justo" que tenga en cuenta la renta, donde "aporte más el que más tiene y menos o nada los que menos tienen". En concreto, los ciudadanos con rentas iguales o superiores a los 100.000 euros anuales pasarán de pagar el 40 por ciento, de los fármacos, como hasta ahora, a aportar el 60 por ciento. Por su parte, los activos con obligación de tributación en el IRPF pagarán el 50 por ciento. Los activos que no tengan obligación de tributar en el IRPF y las familias numerosas aportarán el 40 por ciento.

Primera cuestión de inconstitucionalidad sobre la reforma laboral 2012

Primera cuestión de inconstitucionalidad  sobre la reforma laboral 2012

El Juzgado de lo Social número 30 de Madrid ha elevado cuestión de inconstitucionalidad sobre el Real Decreto Ley 3/2012 dictando Auto de fecha 16 de abril de 2012.

Consulte aquí el texto del Auto del Juzgado de lo Social Nº 30 de Madrid

El Magistrado Juez Folguera duda acerca de  la constitucionalidad de los artículos 18.8 y 23.1 y 2 del RDL de reforma del mercado laboral que modifican el art. 56.2 del Estatuto de los Trabajadores y 110.1 y 111.1 b) de la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social  LRJS. El objeto de la cuestión de inconstitucionalidad dirigida contra los preceptos indicados es la transferencia al empresario de la opción de abonar o no salarios de tramitación y los términos de tal atribución.

Quiero aplazar mi deuda con la Seguridad Social

Quiero aplazar mi deuda con la Seguridad Social

Antonio es autónomo, titular de un negocio de albañilería, con dos empleados a su cargo. Su negocio sobrevive, a pesar de la crisis económica. Pero los pagos de sus clientes muchas veces se retrasan y arrastra problemas de liquidez. No ha podido pagar los tres últimos meses a la Seguridad Social y se siente con el agua al cuello. Sin embargo, Antonio dispone del recurso de pedir un aplazamiento de esa deuda e irla pagando poco a poco. Este decálogo se lo explica.

1.- ¿Qué deudas puede aplazar?

Antonio puede aplazar cualquier deuda que tenga con la Seguridad Social, o como dice la ley "cualquier deuda de Seguridad Social objeto de gestión recaudatoria en dicho ámbito". Normalmente se tratará de las cuotas que se deben pagar mensualmente por cotizaciones sociales, pero también pueden ser recargos sobre las anteriores. Sin embargo, hay dos tipos de cuotas que son inaplazables: 1) las cuotas que se pagan para dar cobertura a los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y 2) en el caso de que sea empresario y tenga trabajadores a su cargo, la llamada 'cuota obrera', el porcentaje que corresponde pagar al trabajador por cuenta ajena y de cuyo ingreso es responsable el empresario.

2.- ¿Cuándo puede pedir el aplazamiento?

Guía de modalidades de contratos y medidas de fomento de la contratación

Guía de modalidades de contratos y medidas de  fomento de la contratación

Publicada la guía del Servicio Público de Empleo (SEPE) actualizada a marzo 2012 donde se desarrollan los tipos de contratos  y medidas de fomento en nuestro ordenamiento.
El índice de la guía es el siguiente:

  • Contratos indefinidos sin bonificación
  • Contratos indefinidos bonificados
  • Contratos formativos
  • Contratos de duración determinada

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