La
Ley 14/2013, de 27 de septiembre (BOE de 28 de septiembre), en vigor –con excepciones- al día siguiente de su publicación, parte de la constatación en su Preámbulo de una realidad de muy preocupantes consecuencias sociales: la destrucción del tejido empresarial, y pone el acento en la caída del número de jóvenes empresarios.
Esta situación de partida sirve para justificar las reformas que contiene esta norma, reformas que pretenden trascender lo coyuntural para corregir problemas estructurales del entorno empresarial en nuestro país. Con esta vocación, se identifican los principales problemas y se ofrecen medidas, algunas, como se tendrá ocasión de comprobar, ambiciosas –para algunos quizás “excesivas”- y de muy largo recorrido, además de transversales (reforma educativa, de la Administración pública…) pero, sin duda, todas de un marcado signo y de una orientación clara hacia el “fortalecimiento” de la actividad empresarial y del autoempleo.
Estos presupuestos se constatan en la Ley desde su Título Preliminar (arts. 1 a 3) donde se fijan sus objetivos: (1) apoyar la actividad económica y al emprendedor, a la sazón, toda persona física o jurídica que desarrolle una actividad económica empresarial o profesional en los términos en ella fijados, favoreciendo su desarrollo, crecimiento e internacionalización y, (2) fomentar la “cultura emprendedora” y un entorno favorable a la actividad económica en todas las fases.
Los objetivos se concretan en medidas desgranadas a lo largo de cinco Títulos que, siguiendo la sistemática de la norma y sin dejar de emplazar a una lectura detenida del artículo titulado "La dimensión Socio-Laboral del pretendido –¿o pretencioso?– nuevo «estatuto promocional del emprendedor» del profesor MOLINA NAVARRETE, pasamos a resumir a continuación.