Jurisprudencia

Un juzgado permite a una profesora coger vacaciones tras reincorporarse de una baja

Vacaciones tras reincorporarse de una baja

Anula la Orden de Educación que la obligaba a una funcionaria docente a disfrutarlas en julio del año siguiente, tras haber estado en situación de incapacitad temporal en el mes de agosto “por vulnerar el derecho a la igualdad y no discriminación en el trato”

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 5 de Murcia declara la vulneración del derecho a la igualdad de una funcionaria de la Consejería de Educación y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, al denegársele el permiso a disfrutar de sus vacaciones correspondientes a 2024, después de reincorporarse de una baja por incapacidad temporal.

TSJ. Conciliación de la vida laboral y familiar. Adaptación de la jornada de trabajo. Hay que atender no solo a las circunstancias personales y laborales del solicitante, sino también a las del otro progenitor en aras de la corresponsabilidad

Conciliación de la vida laboral y familiar. Adaptación de la jornada de trabajo. Hay que atender no solo a las circunstancias personales y laborales del solicitante, sino también a las del otro progenitor en aras de la corresponsabilidad. Imagen de una chica trabajando reponiendo los productos de un supermercado

Conciliación de la vida laboral y familiar. Derecho a la adaptación y distribución de la jornada de trabajo. Trabajadora que presta servicios como reponedora en jornadas de lunes a domingo de 4:30 a 12:50 con libranza los viernes y domingos. Solicitud de cambio de jornada y horario para atender al cuidado de sus dos hijos menores de edad pasando a prestar servicios de lunes a viernes de 7:00 a 15:00 horas. Propuesta empresarial consistente en un turno de mañana de 08:00 a 16:20 horas, de lunes a domingo, con la realización de 4 tardes al mes según necesidades organizativas y con libranzas semanales de 48 horas. Denegación por razones organizativas.

El actual artículo 34.8 del ET establece un nuevo derecho de conciliación, condicionado a la razonabilidad y proporcionalidad de la adaptación solicitada y atendidas las necesidades organizativas o productivas de la empresa. No nos encontramos ante un derecho subjetivo absoluto, sino condicionado atendiendo a parámetros de proporcionalidad, en su pugna con el derecho de libertad de empresa, organización y dirección empresarial. Y en esta pugna, se ha de descender al caso concreto a los efectos de dilucidar si el sacrificio que comporta la efectividad de los derechos conciliatorios se encuentra justificado.

TSJ. Empleadas de hogar. Subsidio para mayores de 52 años. Deben computarse como cotizados los periodos anteriores a la entrada en vigor del RDL 16/2022, en los que la actora estuvo de alta en el Sistema Especial

Lo contrario demoraría el cobro hasta el 1 de octubre de 2028. Varios detergentes de limpieza domésticos y botellas en un balde de plástico en el suelo.

Régimen Especial de Empleados de Hogar. Subsidio para mayores de 52 años. Denegación por el SEPE al no haber cotizado la trabajadora al menos 6 años en un régimen que proteja la contingencia de desempleo. Efectos del RDL 16/2022 que, al interpretar y aplicar la STJUE de 24 de febrero de 2022 (asunto C-389/20), posibilita la cotización al desempleo de las personas trabajadoras al servicio del hogar a partir de su entrada en vigor.

En el caso analizado, la demandante solo ha podido cotizar al desempleo a partir del 1 de octubre de 2022, pues hasta entonces no tenía la posibilidad legal de hacerlo. Ahora bien, la modificación normativa mencionada se produce para situaciones de desempleo ocurridas con posterioridad a la entrada en vigor de la norma.

TS. Riesgo durante la lactancia natural. ¿Qué debe hacer la trabajadora cuando la entidad gestora o la mutua no emite el certificado médico de existencia de riesgo?

Riesgo durante la lactancia natural. ¿Qué debe hacer la trabajadora cuando entidad gestora o la mutua no emite el certificado médico de existencia de riesgo? Imagen de un escritorio en el que está el mazo de un juez

Riesgo durante la lactancia natural. Procedimiento administrativo para el reconocimiento de la prestación económica. Determinación de si la trabajadora puede acudir a la vía judicial en reclamación del subsidio cuando la Entidad Gestora o la Mutua Colaboradora, con quien la empresa tenga concertadas las contingencias profesionales, no emite el certificado médico de existencia de riesgo y decide no seguir con el trámite para el reconocimiento de la prestación, habiendo agotado la trabajadora la vía administrativa previa frente a esa denegación, o si es necesario que, previamente, la trabajadora presente una solicitud expresa de reconocimiento del subsidio ante la entidad competente.

Cuando se deniega la emisión del certificado médico se decide, también por la entidad gestora de la prestación, que no se va a seguir con el procedimiento para obtener la prestación económica, que es también lo que se le notifica a la trabajadora. Ante este panorama, a la actora, que ya ha reclamado de la entidad competente la certificación precisa para obtener el derecho prestacional e incluso ha presentado la declaración de la empresa en el que consta que no hay otro puesto sin el riesgo detectado, no le queda más solución que la de impugnar la decisión de la entidad gestora o colaboradora hasta entonces adoptada, mediante las vías que le suministra el ordenamiento jurídico, en materia de prestaciones de seguridad social, como son la reclamación previa y en caso de que sea denegada, formular posterior demanda, tal y como se obtiene del artículo 112.1 y 2 de la LPACAP.

TS. Permiso por nacimiento y cuidado de menor. El Tribunal Supremo rectifica su doctrina y reconoce el derecho de la única progenitora a la acumulación de las 10 semanas que hubieren correspondido al otro progenitor

Familias monoparentales

Familias monoparentales. Permiso por nacimiento y cuidado de menor. Solicitud de ampliación del permiso en 10 semanas adicionales equivalentes al tiempo que hubiere correspondido, de existir, al otro progenitor.

Recientemente, la STC 140/2024, de 6 de noviembre, ha declarado la inconstitucionalidad de los artículos 48.4 del ET y 177 de la LGSS, en cuanto impiden extender el permiso por nacimiento y cuidado de menor en supuestos de familia monoparental, removiendo los obstáculos legales en los que se sustentaba la doctrina de esta Sala IV. Declarada la inconstitucionalidad -por omisión o ex silentio -de tales preceptos legales, esta Sala está obligada a sentar una nueva doctrina en la materia, y resolver el presente asunto con base a lo establecido por el Tribunal Constitucional en su precitada sentencia.

Selección de jurisprudencia (del 1 al 15 de marzo de 2025)

Selección de jurisprudencia (del 1 al 15 de marzo de 2025). Edificio de la Audiencia Nacional en Madrid

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El Tribunal Supremo confirma la nulidad de dos cláusulas del acuerdo de teletrabajo de 2022 en Endesa por vulnerar la Ley de Trabajo a Distancia

Teletrabajo en Endesa

Una de las normas anuladas establecía que en el caso de que el trabajador deba acudir al centro de trabajo en los días de teletrabajo, estos no podrán ser sustituidos, desplazados ni acumulados

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad de dos cláusulas del acuerdo individual de teletrabajo de Endesa, de 2 de junio de 2022, aplicable a más de 4700 trabajadores de este grupo, que se acogieron a dicha modalidad laboral, por ser contrarias a la Ley 10/2021 de Trabajo a Distancia (LTD).

TS. Negativa de la mutua a conceder el subsidio por riesgo durante la lactancia natural. ¿Cuál es la fecha de efectos económicos si la trabajadora coge vacaciones mientras reclama judicialmente y, al final, se le reconoce el derecho?

Se atiende a la fecha en que lo reclamó. No hay enriquecimiento injusto. Madre dando de mamar a su bebé

Subsidio por riesgo durante la lactancia natural. Fecha de efectos económicos. Trabajadora a quien tras la conclusión del periodo de maternidad se le deniega el derecho prestacional, acogiéndose a permisos y vacaciones mientras reclamaba judicialmente frente a esa denegación para no acudir a un trabajo con riesgo.

Atendiendo a la finalidad de la protección y a las exigencias a las que se somete su reconocimiento, la solicitud del subsidio económico de riesgo durante la lactancia, de concurrir las exigencias legales que permiten su reconocimiento, va a provocar el derecho de la trabajadora a suspender el contrato de trabajo, para alejarse del riesgo, con derecho a aquel subsidio que viene a sustituir al salario que va a dejar de percibir.

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