TSJ. Trabajadora indefinida no fija que accede a la misma plaza en la condición de funcionaria de carrera: no cabe indemnización a pesar de la previa contratación fraudulenta
Enviado por Editorial el Vie, 10/01/2025 - 12:34Personal laboral indefinido no fijo. Ocupación de plaza de funcionario. Acceso posterior a la misma plaza ostentando la condición de funcionaria de carrera. Medidas para prevenir y sancionar la utilización abusiva de contratos o relaciones temporales. Pretensión de indemnización (20 días por año/12 mensualidades) como sanción por el fraude y abuso en la contratación temporal previa.
En ningún caso procedería la indemnización de 20 días por año trabajado con un tope de 12 mensualidades porque tal indemnización de 20 días está prevista por la jurisprudencia para el cese de una persona trabajadora indefinida no fija por la cobertura reglamentaria de la plaza, lo cual no es el caso al tratarse de una plaza de funcionario.