AN. Permiso retribuido de hasta 35 horas al año reconocido por convenio para asistencia a consultas médicas. No puede denegarse cuando se acude al dentista u odontólogo
Enviado por Editorial el Mar, 03/09/2024 - 08:52Permisos retribuidos. Sector de Contact Center. Reconocimiento por convenio colectivo a los trabajadores de 35 horas retribuidas al año para asistir a consultas de médicos de la Seguridad Social y/o médicos privados, tanto propias como para acompañar a personas a su cargo. Solicitud de que se incluya la asistencia a dentistas y odontólogos.
Aunque la odontología es una profesión sanitaria titulada diferente de la de Medicina, la atención a la salud bucodental se encuentra incluida dentro del catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud, pudiendo ser prestada tanto por los médicos estomatólogos como por los odontólogos, siendo las consecuencias del citado tratamiento idénticas.