TS. Trienios: el tiempo trabajado en un centro hospitalario de gestión privada también puede computar como servicio previo a la Administración si la naturaleza del servicio sanitario es pública
Enviado por Editorial el Lun, 09/09/2024 - 08:24Tiempo de trabajo. Servicios previos a la Administración Pública. Trienios. Reconocimiento de servicios prestados en una empresa adjudicataria del servicio público sanitario a través de la fórmula de concesión administrativa. Enfermera en régimen de personal estatutario temporal que pretende el reconocimiento de servicios previos a la Administración Pública. Pretensión de abono de diferencias retributivas derivadas de tal reconocimiento. Hospital Universitario de Vinalopó.
Es verdad que la Ley 70/1978, reguladora de los servicios previos a la Administración Pública, que puede tomarse en consideración cuando se accede a una relación funcionarial o estatutaria, se refiere solo a los servicios prestados a la Administración del Estado, la Administración Local, la Administración Institucional, la Seguridad Social y la Administración de Justicia;