Aspectos mercantiles de la Ley de Emprendedores
Enviado por Editorial el Jue, 05/12/2013 - 14:36Hay un verdadero boom en España acerca de los emprendedores y de la iniciativa empresarial en general.
Se nos presenta el emprendimiento como la manera en que España va a poder generar empleo suficiente para los seis millones de parados que existen, cuando la realidad es que cualquier actividad empresarial implica un riesgo evidente, que no llegan a buen puerto muchas de las iniciativas emprendedoras que se plantean y que muchas iniciativas de emprendimiento iniciadas por la desesperación de no encontrar un puesto de trabajo, al no tener una base sólida de partida más allá del interés en desarrollar alguna actividad, tienen más papeletas si cabe de no tener éxito.
Si a lo anterior le unimos el tradicional lastre que para la creación de empresas supone la burocracia normativa española, un sistema impositivo de los más gravosos del mundo y una escasez histórica de financiación, tenemos todos los argumentos para urgir una Ley de Emprendedores que de verdad diera respuesta y solución a todos estos acuciantes problemas y facilitara, agilizara e incentivara la vida empresarial española.
La Ley de Emprendedores del 27 de septiembre, si bien parece tener claros los problemas que afronta el emprendedor en España tanto al comienzo de su actividad como en el día a día de la misma, no llega a conseguir los objetivos deseados de agilizar trámites burocráticos e incentivar a aquellas personas que tienen un verdadero espíritu emprendedor en el desarrollo y expansión del mismo.
Nos deja la Ley de Emprendedores, eso sí, una serie de buenas ideas en las que esperemos que el legislador tenga la posibilidad de incidir en el futuro, y de crear realmente ese movimiento que lleve a España a la cabeza de los países en los que más fácil sea crear una empresa y en el que más recursos ofrezca la legislación de aplicación para no poner trabas al posible éxito de un proyecto empresarial.
Palabras clave: Ley de Emprendedores, emprendedor de responsabilidad limitada, sociedad limitada de formación sucesiva, puntos de atención al emprendedor y reducción de cargas administrativas.
José Sánchez Montalbán
Licenciado en Derecho y Ciencias Empresariales en ICADE
Abogado y Asesor Corporativo.
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RTSS. CEF. NÚM. 369 (diciembre 2013)