RTSS - Revista de Trabajo y Seguridad Social

Recursos humanos. Análisis de los principales estresores en el colectivo del alumnado de las escuelas de vuelo

Según la literatura, el trabajo de piloto y el estrés van de la mano, siendo una de las profesiones más estresantes. Como consecuencia del accidente de Germanwings en marzo de 2015, la EASA (European Aviation Safety Agency) obligará a los operadores aéreos a aplicar programas de apoyo psicológico a las tripulaciones de vuelo a partir de agosto de 2020. La presente investigación tiene como objetivo evaluar el nivel de estrés experimentado por los alumnos que cursan los estudios de piloto comercial, que aprenden a volar en un entorno estresante similar a los pilotos comerciales y que hasta ahora no ha sido analizado desde la literatura. La muestra está conformada por 36 alumnos de vuelo que estudian en una escuela internacional de pilotos, a quienes se les aplicó el instrumento de medición de detonantes de estrés laboral para pilotos (IMDELP) de Aguirre (2015). Los resultados encontrados indican que los alumnos de vuelo experimentan niveles moderados de estrés, sobre todo debido a factores extraorganizacionales y el contenido y demandas laborales, en línea con los estudios empíricos revisados. No obstante, no se observan diferencias estadísticamente significativas en los niveles de estrés en función del género ni en función de la nacionalidad del alumno. En conclusión, los resultados obtenidos justifican la figura del psicólogo en las escuelas de vuelo para tratar problemas de salud mental de los alumnos, llevar a cabo una evaluación regular y desarrollar programas educativos y opciones de intervención. Estas conclusiones son limitadas debido al reducido tamaño de la muestra en general y de alumnos extranjeros y alumnas en particular.

Palabras clave: estrés; piloto; escuelas de vuelo; psicología aeronáutica.

Montserrat Subirats Ferrer
Profesora asociada en el Departamento de Psicología Social.
Universidad de Valencia
Investigadora del IDOCAL

Fernando J. Pons Verdú
Profesor asociado en el Departamento de Psicología Social.
Universidad de Valencia
Investigador del IDOCAL

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RTSS. CEF. NÚMS. 449-450 (agosto-septiembre 2020)

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Estudios. La aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores a la relación laboral especial de artistas en espectáculos públicos

De unos años a esta parte, la sucesión de contratos temporales en la prestación de servicios artísticos ha sido abordada por los tribunales españoles desde la perspectiva de la aplicación e interpretación de las normas europeas y su trasposición al ordenamiento interno, y, en este sentido, el Tribunal Supremo ha optado por aplicar el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores a estas relaciones de trabajo. No obstante, el juego del sistema de fuentes en las relaciones especiales y las peculiaridades que estas presentan permiten realizar una revisión crítica a estas interpretaciones judiciales.

Palabras clave: trabajo artístico; contratación temporal; precariedad; fraude de ley.

Juan Antonio Altés Tárrega
Profesor titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universitat de València

Elena García Testal
Profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universitat de València

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Análisis de actualidad. Enfermedad profesional y cuestión de género. ¿Cumple el Real Decreto 1299/2006 con el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres?

Al hilo de la doctrina del Tribunal Supremo sobre enfermedades profesionales causadas por mujeres

¿Cumple el Real Decreto 1299/2006 con el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres que impone la Ley orgánica 3/2007 de igualdad efectiva? Aunque anterior en el tiempo a dicha norma, el Real Decreto 1299/2006 nace cuando ya formaban parte de nuestro ordenamiento la Directiva 79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social, y la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación. Una lectura del listado de enfermedades profesionales, puesta en relación con la doctrina actual del Tribunal Supremo en materia de determinación de contingencia para profesiones no incluidas en el listado, nos lleva a concluir que la igualdad efectiva queda lejos, aún, de ser real.

Palabras clave: determinación de contingencia; Tribunal Supremo; enfermedad profesional; igualdad efectiva; discriminación.

Miguel Arenas Gómez
Abogado laboralista, especialista en Seguridad Social y prevención de riesgos laborales
Profesor asociado en el Departament de DTiSS de la UAB y profesor colaborador de la UOC
Socio de Col.lectiu Ronda

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Diálogos con la jurisprudencia. ¿El fin de la maternidad como obstáculo en la carrera profesional de las mujeres en la doctrina judicial?

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, 685/2020, de 5 de junio

Sergio Martín Guardado
Investigador en formación en el área de Derecho Constitucional.
Universidad de Salamanca

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Diálogos con la jurisprudencia. ¿Se pueden utilizar datos reservados o confidenciales para instrumentalizar la defensa en el proceso laboral?

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía/Málaga 515/2020, de 13 de mayo

Francisco Vila Tierno
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Málaga
Of Counsel GVA & Atencia

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Diálogos con la jurisprudencia. La «sospecha genérica» no puede excepcionar la aplicación de los mecanismos de reubicación de solicitantes de asilo: el TJUE ante la «patata caliente» de la Unión Europea

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2 de abril de 2020, asuntos acumulados C-715/17, C-718/17 y C-719/17

Margarita Miñarro Yanini
Profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad Jaume I

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Diálogos con la jurisprudencia. La prohibición de la discriminación por motivo de la orientación sexual de la persona frente a la libertad de expresión en el ámbito laboral

Comentario a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 23 de abril de 2020, asunto C-507/18

José Díaz Lafuente
Profesor investigador posdoctoral de Derecho Constitucional.
Universidad Complutense de Madrid

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Diálogos con la jurisprudencia. Claroscuros en la regulación del salario aplicable al contrato predoctoral

Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, 642/2020, de 3 de junio

Fernando Ballester Laguna
Catedrático de Escuela Universitaria de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Alicante

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