El Real Decreto 618/2020, de 30 de junio (BOE de 2 de julio), en vigor el 3 de julio, junto con el Real Decreto-Ley 24/2020, completa la incorporación a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva (UE) 2017/159 del Consejo, de 19 de diciembre de 2016, por la que se aplica el Acuerdo relativo a la aplicación del Convenio 188 OIT, sobre el trabajo en la pesca.
Con el Real Decreto-Ley 24/2020 (disps. finales 2ª y 4ª) se estableció la obligación de que el contrato de trabajo de las personas trabajadoras en el sector pesquero se realice siempre por escrito, y la obligación de concretar un seguro de repatriación; con el real decreto objeto de esta «entrada» se mejoran las condiciones de vida y de trabajo de las personas trabajadoras a bordo de buques pesqueros en materia de contratación, de tiempo de trabajo, de repatriación, de alimentación, de alojamiento y de protección de la salud y atención médica de los pescadores.