Suspensión de términos e interrupción de plazos
Enviado por Editorial el Jue, 30/04/2020 - 11:31En el día de hoy, 30 de abril de 2020, se ha publicado en el BOE la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se acuerda la continuación de los procedimientos administrativos de autorización de nuevos sistemas de identificación y firma electrónica mediante clave concertada y cualquier otro sistema que las Administraciones consideren válido a que se refieren los artículos 9.2 c) y 10.2 c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en aplicación de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Dichas interrupciones, aplicadas a todo el sector público, con las excepciones propuestas en el propio real decreto de alarma, se reanudarán en el momento en el que pierda vigencia el citado real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.