Jurisprudencia

El Tribunal Supremo confirma la nulidad del despido colectivo del Grupo Coca-Cola

Por haber vulnerado el derecho de huelga durante la protesta por el cierre del centro de Fuenlabrada

El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del despido colectivo del Grupo Coca-Cola, declarada previamente por la Audiencia Nacional, por vulneración del derecho de huelga.

Los magistrados entienden que, durante la huelga convocada en protesta por el cierre del centro de Fuenlabrada (Madrid), la empresa sustituyó la producción que esta planta había dejado de realizar por la de otras embotelladoras del grupo,  perjudicando el adecuado desarrollo del periodo de consultas.

El TJUE y el TC están de acuerdo: La forma de cálculo de la base reguladora de las pensiones en supuestos de tiempo parcial no es discriminatoria (STJUE de 14 de abril de 2015, Asunto C-527/13)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado, con fecha de hoy, 14 de abril de 2015, una sentencia en la que, contra lo que se esperaba, vistos los antecedentes y la posición del Abogado General, declara que la regulación española sobre la forma de «rellenar las lagunas de cotización» que existan en el período de determinación de la base reguladora de las pensiones, cuando a las mismas precedan trabajos a tiempo parcial, no es contraria a la normativa comunitaria sobre aplicación del principio de igualdad en los regímenes legales de Seguridad Social, ni esa regulación entra dentro del ámbito de aplicación del Acuerdo marco sobre el trabajo a tiempo parcial.

En el comentario de D. José Antonio PANIZO ROBLES que se ofrece en el documento adjunto, además de hacerse un análisis de su contenido, se pone de manifiesto cómo siguen estando vigentes las consideraciones que efectuaba el Tribunal Supremo en el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad que dio lugar a la STC 156/2014, en el sentido de que la aplicación de la letra b), regla tercera, apartado 1, de la disposición adicional séptima de la LGSS no es la más acorde con los principios de contribución y proporcionalidad que, entre otros, son característicos de la modalidad contributiva de prestaciones económicas de la Seguridad Social, al tiempo que puede dar lugar a resultados contradictorios en el cálculo de las cuantías de las pensiones, en función de cómo estén distribuidos en el tiempo los períodos de cotización a tiempo completo y a tiempo parcial, de modo que, a un esfuerzo de contribución semejante (e, incluso, menor) la respuesta protectora que se deriva de la legislación de Seguridad Social puede originar una mayor cuantía de prestación.

La Ley española que regula el cálculo de las pensiones de incapacidad permanente es conforme con el Derecho de la Unión

A pesar de que una disposición de esta Ley da lugar a que se reduzca el importe de la pensión de incapacidad permanente a la que tienen derecho algunos trabajadores a tiempo parcial, no constituye una discriminación por razón del sexo

Con arreglo a la Ley española, la cuantía de las pensiones de incapacidad permanente se calcula teniendo  en  cuenta  las  bases  de  cotización  abonadas  durante  los  ocho  años  anteriores  al momento en que se produjo el hecho que provocó la incapacidad. La Ley prevé un mecanismo corrector cuando el interesado no haya cotizado durante algunos meses al régimen de seguridad social  durante  el  mencionado  período  de  referencia.  Este  mecanismo  corrector  permite  integrar esos períodos en la base reguladora de la pensión de incapacidad teniendo en cuenta bases de cotización  denominadas  «ficticias». 

Condenados a 20 años de prisión dos hombres por ahorcar a un empresario, jefe de uno de ellos, cuando asaltaron su casa para robarle

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a penas de 20 años de cárcel para J.L.P.P. y para O.M.T. por un delito de robo con violencia en casa habitada y otro de asesinato a V.F.G., así como a pagar 205.300 euros en concepto de indemnización a la pareja sentimental e hijo del fallecido. Asimismo, el tribunal absuelve a F.J.A.R del delito de tenencia ilícita de armas del que estaba acusado.

El Supremo condena a varios diarios y una imprenta de PRISA por vulneración del derecho de huelga de sus trabajadores

La Sala Social del Tribunal Supremo ha condenado a varios diarios del grupo PRISA y a una imprenta perteneciente al mismo grupo, Pressprint, por vulneración del derecho de huelga y libertad sindical, por lo que deberán pagar 100.000 euros al sindicato CC.OO., que convocó una huelga en la citada imprenta para varios días en diciembre de 2012.

A efectos de las prestaciones por maternidad, la excedencia por cuidado de hijo es compatible con el alta en el RETA y pueden causarse simultáneamente dos prestaciones

A EFECTOS DE LAS PRESTACIONES POR MATERNIDAD, LA EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJO ES COMPATIBLE CON EL ALTA EN EL RETA Y PUEDEN CAUSARSE SIMULTÁNEAMENTE DOS PRESTACIONES

Trasfondo jurídico del ERE fraudulento de Mercasevilla

El Expediente de Regulación de Empleo de la empresa Mercasevilla SA ha traído ríos de tinta en la prensa por lo irregular del mismo, pero su impugnación no resulta sencilla puesto que están implicadas varias áreas del derecho. En este artículo nos vamos a centrar en el área social comentando de una manera sucinta y esperamos clara una de las sentencias que nos ha parecido curiosa por cuanto que desgrana lo ocurrido allí dentro.

Las condiciones tan favorables para los trabajadores acordadas entre la empresa (Mercasevilla SA) y los representantes de los trabajadores han motivado este artículo por cuanto, con los tiempos que corren, es difícil encontrar un ERE tan inclinado a la parte de los trabajadores (con el matiz de que las indemnizaciones serían abonadas, en su mayoría, con dinero público).

Selección de jurisprudencia (del 16 al 31 de marzo de 2015)

TC. Revalorización de pensiones. Suspensión por el RDL 28/2012 de la actualización de la revalorización correspondiente al año 2012, dentro del primer trimestre de 2013 (antes del 1 de abril), en contra de lo dispuesto en la LGSS y la Ley de Clases Pasivas.
TS. Cortefiel. Absorción y compensación de salarios. Práctica empresarial (en virtud de cláusula contractual) consistente en detraer una cantidad fija del salario base establecido en convenio que ha de ser recuperada en función de las ventas.
TS. Excedencia voluntaria. Empresa que tras la solicitud de reingreso del trabajador mantiene ocupados los puestos de trabajo acordes con su categoría profesional mediante la conversión de contratos de duración determinada y a tiempo parcial, en contratos indefinidos y a tiempo completo.
TS. Supermercados Caprabo. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Periodo de consultas que finaliza con acuerdo por el que se altera la estructura y funcionamiento de los puntos de venta, desapareciendo determinados puestos de trabajo y creándose otros.
TS. Despido colectivo y suspensión de contratos por causas económicas. Nulidad. Constitución de múltiples mesas negociadoras de forma variada e híbrida, dada la dispersión de los empleados de la compañía a nivel nacional.
TS. Santa Bárbara Sistemas, S.A. Despido colectivo. Impugnación. Legitimación de sindicatos que teniendo implantación suficiente en el ámbito del despido colectivo no presentan demanda ni son traídos propiamente al proceso en calidad real de demandados.
TS. Acción protectora de la Seguridad Social. Compatibilidad de la pensión de incapacidad permanente total con la pensión de jubilación parcial causada también en el RGSS en virtud de un trabajo distinto al que dio origen a aquella.
TS. La protección por maternidad. Trabajadora que encontrándose en situación de excedencia por cuidado de hijo se da de alta en el RETA para ejercer una actividad cuyas características, ubicación, horario, etc., le permiten el fin esencial de conciliar el cuidado del menor. Solicitud de prestación de maternidad por el nacimiento de un nuevo hijo, siendo reconocido en el RETA y no en el RGSS.
TS. Gran invalidez. Denegación por no reunir el trabajador el período mínimo de cotización exigido, no habiéndose computado los días cotizados tras el convenio especial suscrito con la TGSS después de ser desestimada por dos veces dicha pretensión en vía administrativa.
TS. Pensión de viudedad. Causante que tenía cotizados 4.667 días (12,78 años) y al terminar su última relación laboral no se inscribió como demandante de empleo por estar pendiente de impartir, en unos meses, un nuevo curso, falleciendo antes de un fallo cardíaco.
TS. Reglamento de funcionamiento y régimen interior de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE), aprobado por RD 162/2014. Solicitud de nulidad de diversos artículos y apartados por ser contrarios en diversos aspectos a la naturaleza preventiva y no penitenciaria de dichos centros.
AN. Conflicto colectivo. Convenio Colectivo del Sector de Contact Center (Telemarketing). Pretensión de que se declare el derecho a una retribución íntegra en período vacacional.
TSJ. Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores. Período de prueba de un año.
TSJ. Excedencia voluntaria. Interés particular. Solicitud de reingreso que es concedido por la empresa pero en otra provincia, siendo rechazado por la trabajadora que acciona por despido.
TSJ. Despido objetivo. Prestación de servicios con la categoría profesional de técnico de prevención de riesgos laborales.

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