La ultraactividad y la tesis de los acuerdos ex profeso: la incertidumbre ha llegado
Enviado por Editorial el Mié, 23/04/2014 - 11:54Si hace ya algún tiempo nos hicimos eco en estas páginas de la Sentencia de la Audiencia Nacional de 23 de julio de 2013 (SAN 149/2013), respecto de la previsión normativa del artículo 86.3 ET1 y la Disposición Transitoria Cuarta2 de la Ley 3/2012, relativas a la ultraactividad de los convenios colectivos denunciados con anterioridad a la entrada en vigor de aquella (8 de julio de 2012), ahora toca, lamentablemente, poner de manifiesto una interpretación más restrictiva en términos sociales, la acogida en la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Granada, de 23 de enero de 2014 (rec. núm. 2285/2013)3.