La Orden TMA/285/2020, de 25 de marzo, (BOE de26 de marzo), con efectos desde el 14 de marzo de 2020 hasta el día 14 de noviembre de 2020, pretende reducir la severidad de los trastornos que, debido a la actual situación de crisis global del coronavirus COVID-19, afectan a la realización de los entrenamientos y verificaciones periódicas exigibles a los operadores así como a aquéllos otros que realizan otros trabajos aéreos: actividades aéreas de lucha contra incendios, búsqueda y salvamento, aduanas, policía, guardacostas u otras similares por la no disponibilidad de un número suficiente de tripulaciones de vuelo, personal operativo y personal de apoyo a las operaciones, así como de operadores AFIS y SDP, y cualquier otra actividad aeronáutica civil, regulada por la normativa nacional y excluida del ámbito de aplicación de la normativa europea. Las actuales circunstancias les dificultan la revalidación de estos requisitos, por lo que se hace necesario establecer las correspondientes exenciones para prorrogar su uso.