Legislación Estatal

A partir del 19 de enero de 2018 la TGSS está obligada a notificar electrónicamente determinadas actuaciones y procedimientos en materia de Seguridad Social

La Resolución de 3 de enero de 2018, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (BOE de 18 de enero), desarrolla la Orden ESS/485/2013, de 26 de marzo, fijando el 19 de enero de 2018 como fecha a partir de la que se notificarán o comunicarán distintas actuaciones y procedimientos en materia de Seguridad Social a través del sistema de notificaciones electrónicas.

Publicado el Plan Anual de Política de Empleo (PAPE) para 2017

La Resolución de 18 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Empleo (BOE de 26 de diciembre de 2017 y corrección de errores BOE de 12 de enero de 2018), hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 15 de diciembre aprobando el Plan Anual de Política de Empleo (PAPE) para 2017.

Aprobada la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020

El objetivo es determinar la política de activación del Sistema Nacional de Empleo de los próximos años y modernizarlo

  • Establece un sistema de incentivos con el que vincula los resultados de las evaluaciones a la financiación a las Comunidades Autónomas
  • Desde la aprobación de la anterior Estrategia 2014-2016 ha aumentado en diez puntos la tasa de inserción en el empleo de los demandantes inscritos en los Servicios Públicos de Empleo: del 38,4 por 100 en 2013 al 48,2 por 100 en 2016
  • La inserción de las personas perceptoras de prestaciones atendidas por los Servicios Públicos de Empleo se ha multiplicado por seis en cuatro años y el número de parados se ha reducido en más de 2,2 millones de personas, tras la aprobación de la anterior Estrategia
  • El Gobierno presentará en los próximos días a las Comunidades Autónomas el Plan Anual de Política de Empleo 2018, por primera vez, adelantándose al comienzo del ejercicio
El Consejo de Ministros ha aprobado la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2017-2020 (contenida en el Real Decreto 1032/2017, de 15 de diciembre -BOE de 16 de diciembre-). Esta Estrategia da continuidad a la aprobada para el período 2014-2016, que supuso un importante cambio en la coordinación de las políticas activas de empleo que gestionan las Comunidades Autónomas.

La contratación pública como instrumento para implementar políticas sociales: la Ley 9/2017

Trabajador con discapacidad

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (BOE de 9 de noviembre), en vigor –salvo excepciones– el 9 de marzo de 2018, partiendo de la trasposición al ordenamiento jurídico español de las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE, diseña un sistema legal de contratación pública del que se da cuenta en http://www.civil-mercantil.com/, cuyas implicaciones fiscales se abordan en fiscal-impuestos.com, y que, por lo que aquí más interesa:

  • Incorpora en los contratos públicos, de manera transversal y preceptiva, criterios sociales, siempre que guarden relación con el objeto del contrato. La inclusión en los contratos públicos de consideraciones de tipo social podrá hacerse tanto al diseñarse los criterios de adjudicación, como criterios cualitativos para evaluar la mejor relación calidad-precio, o como condiciones especiales de ejecución, si bien su introducción está supeditada a que se relacionen con el objeto del contrato a celebrar. En particular, en el caso de las condiciones especiales de ejecución (art. 201), la ley impone la obligación al órgano de contratación de establecer en el pliego al menos una de las condiciones especiales de ejecución de tipo social, relativas al empleo o mediambiental que se listan en el artículo 202.

Análisis de las medidas contenidas en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

Análisis de las medidas contenidas en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, publicada en el BOE del 25 de octubre y con entrada en vigor el 26 del mismo mes, con las excepciones que se indicarán, introduce medidas que repercuten destacadamente en el ámbito de la Seguridad Social, dirigiéndose, como apunta don José Antonio PANIZO ROBLES en el trabajo «en abierto» que se pone aquí a disposición del lector, a adecuar las obligaciones con la Seguridad Social a las circunstancias de la actividad, reduciendo las cargas administrativas existentes en este ámbito, incrementando los incentivos en la cotización y, por último, mejorando ciertos aspectos de la acción protectora.

Pero la Ley que se presenta afecta, aunque en menor medida, a otros ámbitos que incumben a los trabajadores autónomos como el de los derechos colectivos, la formación profesional para el empleo o el fiscal (del que se da debida cuenta en el comentario que también ofrecemos en abierto en la página web fiscal-impuestos).

Publicadas las normas para aplicar la moratoria de cuotas a la Seguridad Social por sequía

Sequia

La Orden ESS/1006/2017, de 19 de octubre, publicada y en vigor el 21 de octubre, contiene las normas para la aplicación de la moratoria de hasta un año sin interés en el pago de cuotas a la Seguridad Social previstas en el artículo 3 del Real Decreto-Ley 10/2017, de 9 de junio, para empresas y trabajadores por cuenta propia (incluidos los socios trabajadores de las cooperativas encuadrados como trabajadores por cuenta propia en el correspondiente régimen de la Seguridad Social), titulares de explotaciones agrarias en toda España afectadas por la sequía.

Fijadas para 2017 las bases normalizadas de cotización de la Minería del Carbón

Minero

La Orden ESS/966/2017, de 6 de octubre, publicada en el BOE de 11 de octubre, fija las bases de cotización por contingencias comunes en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, normalizadas para cada una de las categorías y especialidades profesionales, que han de aplicarse durante el ejercicio 2017.

Por Resolución de 11 de octubre de 2017, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (BOE de 23 de octubre), se establece que las diferencias de cotización resultantes de la aplicación de lo dispuesto en la Orden de 6 de octubre, respecto de las cotizaciones que a partir de 1 de enero de 2017 se hubieran efectuado hasta el mes anterior al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», se ingresarán en un único plazo correspondiente al mes de enero de 2018.

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