TSJ. No existe obligación de registrar la jornada laboral de los empleados al servicio del hogar familiar, y ello aunque trabajen a tiempo completo
Enviado por Editorial el Lun, 21/10/2024 - 10:10Servicio del hogar familiar. Trabajadoras a tiempo completo. Reclamación de horas extraordinarias. Obligación de llevar un registro de jornada.
Si el artículo 9.3 bis del Real Decreto 1620/2011 establece respecto a los trabajadoras contratadas a tiempo parcial, que no serán de aplicación las obligaciones de registro de la jornada establecidas en el artículo 12.5 h) del ET, mucho menos cabe aplicar a los trabajadores a tiempo completo las obligaciones de registro de la jornada establecidas en el artículo 34.9 del ET, ya que la relación laboral de servicio del hogar familiar es una relación laboral de carácter especial que se rige por las normas del Real Decreto 1620/2011 y si en dicha norma se excluye la obligación del registro de jornada en los contratos a tiempo parcial sería absurdo considerar que en cambio es aplicable la obligación de registro de jornada en los contratos a tiempo completo.